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IRPF trading desde España
Buenas. Desde diciembre 2019 opero con un broker americano con futuros, y tambien con un broquer del Reino Unido con CFDS.Tengo 2 respuestas diferentes de lo que he de hacer a la hora de la delaración del IRPF en España.Por un lado me dicen que desde el momento que he realizado operaciones de compras y ventas, he de declararlas si o si, y sin falta, aunque no haya sacado el dinero obtenido o perdido de la cuenta de valores que tengo con los brokers.Y por otro lado me dicen que, mientras que el dinero obtenido de las operaciones, no vuelva a la cuenta bancaria inicial española desde la que transferí los fondos a los brokers para operar, no he de hacer constar en el IRPF los movimientos realizados.Deseo me aclaren que es lo correcto.Agradecido de antemano, saludos.