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Donación, extinción de usufructo. Impuestos a pagar.
Hola buenas,
En mi familia estamos estudiando la posibilidad de donar el usufructo de una vivienda a otro familiar, ahora expongo la situación. La vivienda es en Barcelona.
Mi madre y mi abuela adquirieron hace muchos años la vivienda a un particular, en el momento de escriturar, mi madre se quedó con la nuda propiedad y mi abuela con el usufructo.
Ahora mi abuela ya mayor, vive con mis padres, y el piso dónde vivía se va a alquilar. Entonces la cuestión que nos planteamos es que mi abuela, para no perder los complementos a mínimos de su pensión (que está por ver si los perdería igualmente), le done el usufructo a mi madre. Y aquí surgen las dudas, existen dos opciones:
La primera, que se haga una donación temporal con el correspondiente pago del Impuesto de donaciones, y gastos notariales. Además, tengo entendido que a efectos de IRPF (entiendo que a la hora de hacer la declaración de renta), mi abuela debería imputarse cada año una renta inmobiliaria del 1,1% del valor catastral de la vivienda. Esto es lo que no entiendo, ¿es cierto que mi abuela debería imputarse dicha renta si ya no disfruta del usufructo y por consiguiente tampoco del alquiler de la vivienda?
La segunda opción, es extinguir el usufructo de forma definitiva a través de una donación, que implicaría un mayor coste fiscal según me han comentado. Los costes serían por donación el 10% del valor del usufructo que más o menos entiendo. Pero a efectos de IRPF, ¿tendría algún coste para mi abuela? ¿Se ha de pagar alguna cuantía por este acto? Esto es lo que tampoco acabo de entender.
He intentado explicarme lo mejor posible, agradezco si alguien me puede aclarar estas dudas, si mi abuela ya no va a disfrutar del usufructo, ni va a percibir ninguna cuantía por la transmisión, ¿cómo es posible que tenga costes de IRPF?
Muchas gracias,
En mi familia estamos estudiando la posibilidad de donar el usufructo de una vivienda a otro familiar, ahora expongo la situación. La vivienda es en Barcelona.
Mi madre y mi abuela adquirieron hace muchos años la vivienda a un particular, en el momento de escriturar, mi madre se quedó con la nuda propiedad y mi abuela con el usufructo.
Ahora mi abuela ya mayor, vive con mis padres, y el piso dónde vivía se va a alquilar. Entonces la cuestión que nos planteamos es que mi abuela, para no perder los complementos a mínimos de su pensión (que está por ver si los perdería igualmente), le done el usufructo a mi madre. Y aquí surgen las dudas, existen dos opciones:
La primera, que se haga una donación temporal con el correspondiente pago del Impuesto de donaciones, y gastos notariales. Además, tengo entendido que a efectos de IRPF (entiendo que a la hora de hacer la declaración de renta), mi abuela debería imputarse cada año una renta inmobiliaria del 1,1% del valor catastral de la vivienda. Esto es lo que no entiendo, ¿es cierto que mi abuela debería imputarse dicha renta si ya no disfruta del usufructo y por consiguiente tampoco del alquiler de la vivienda?
La segunda opción, es extinguir el usufructo de forma definitiva a través de una donación, que implicaría un mayor coste fiscal según me han comentado. Los costes serían por donación el 10% del valor del usufructo que más o menos entiendo. Pero a efectos de IRPF, ¿tendría algún coste para mi abuela? ¿Se ha de pagar alguna cuantía por este acto? Esto es lo que tampoco acabo de entender.
He intentado explicarme lo mejor posible, agradezco si alguien me puede aclarar estas dudas, si mi abuela ya no va a disfrutar del usufructo, ni va a percibir ninguna cuantía por la transmisión, ¿cómo es posible que tenga costes de IRPF?
Muchas gracias,