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¿74.000€ brutos cómo me van a repercutir en la declaración del año que viene?

3 respuestas
¿74.000€ brutos cómo me van a repercutir en la declaración del año que viene?
¿74.000€ brutos cómo me van a repercutir en la declaración del año que viene?
#1

¿74.000€ brutos cómo me van a repercutir en la declaración del año que viene?

Se trata de un acuerdo con la empresa para que me jubile anticipadamente. Teniendo en cuenta que mi salario bruto son aproximadamente 40.000€, si me dan 74.000€ por ese acuerdo, y teniendo en cuenta que no tengo más rentas, ¿cuanto me van a clavar más o menos?
Decir que año tras año, simplemente acepto el borrador, y siempre me tocan aproximadamente 1.000 euros a devolver. No tengo la más mínima idea de hacer la declaración porque nunca me he preocupado de aprender, pero imagino que teniendo la declaración del año pasado habrá una manera sencilla de meter esa cantidad en cierta casilla y hacer una operación matemática. Muchas gracias de antemano. Saludos
#2

Re: ¿74.000€ brutos cómo me van a repercutir en la declaración del año que viene?

" Se aplicará una reducción del 30 por 100 a los rendimientos que tengan un período de generación superior a dos años ...
Las cantidades satisfechas por la empresa a los trabajadores por la resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral. Se considerará como período de generación el número de años de servicio del trabajador. "
Si metes esas cantidades en el simulador de retenciones (solo 40.000, o 114.000 con reducción de 22.000 (30%x74.000) ) sale una diferencia de unos 21.000 euros, que sería aproximadamente lo que pagarías de impuestos de la indemnización, aparte de lo que pagues del salario regular. SE supone que la empresa practicaría la retención, igual que hace con el salario regular.
https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/index.zul

#3

Re: ¿74.000€ brutos cómo me van a repercutir en la declaración del año que viene?

Te agradezco enormemente tu participación Bacalo. Perdona mi torpeza en este asunto al hacerte este par de preguntas. De mi salario de 40.000 brutos vengo percibiendo líquidos unos 30.000, con lo que la retención ronda algo más del 20%. Soy consciente de que esos 74.000 quedarán convertidos en 60.000 toda vez que la entrega me la harán ya con el 20% descontado. De modo que percibiré líquido aproximadamente 90.000 este año. Estas retenciones las tengo más o menos claras, lo que me preocupa es que el año que viene habré percibido 90.000 líquidos en lugar de los 30.000 de mi salario habitual, con lo que al hacer la declaración sufriré otro palo. Es ese palo el que me interesa conocer aproximadamente para saber el monto total de la operación. Si todos los años me devuelven 1.000€, y sigo estando en la misma situación, ¿no se puede calcular aproximadamente cuanto me costará esta movida?

Por otra parte, ignoraba lo del "rendimiento irregular", muchísimas gracias por comentarlo. Lo que te pregunto al respecto es si a la empresa le da lo mismo considerarlo así, o le sale más caro que hacerlo de otra manera. En pocas palabras, ¿debo pedirle a la empresa que me considere esos 74.000 como "rendimiento irregular" en el contrato de rescisión que firmaremos?, ¿no implica nada para la empresa hacerlo así?

Oye, que muchas gracias nuevamente.
#4

Re: ¿74.000€ brutos cómo me van a repercutir en la declaración del año que viene?

no, al aumentar los ingresos, el porcentaje de retención que aplique la empresa tendría que ser mayor:
Si para 40.000 euros brutos el tipo de retención que tienes es aproximadamente un 20%, para unos 92.000 (40.000 + 70%x74.000) sale cerca de un 26%. 
Suponiendo que hagas el acuerdo para diciembre, la empresa te habrá estado reteniendo el 20%, pero al darte la indemnización, te va a retener todo lo que haga falta sobre los 74.000 euros recibidos, para que sobre el total de los 92.000 euros fiscalmente sujetos al impuesto salga la retención que indica el programa de la Agencia Tributaria, no solo el 20%. La empresa debería saber que te está pagando un rendimiento irregular, porque se cumplen las condiciones que marca la ley (indemnización por rescisión de contrato, pago en un solo periodo impositivo), y retener correctamente (lo que podría pasar sería lo contrario: no que te retenga de menos, si no de más, si no contemplan la irregularidad de los rendimientos, y que luego lo recuperaras en la declaración).