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Despido procedente o imporcedente..

2 respuestas
Despido procedente o imporcedente..
Despido procedente o imporcedente..
#1

Despido procedente o imporcedente..

Buenas noches, os cuento mi caso.
Mi empresa a raíz de la pandemia, y no poder realizar el trabajo para el cual estoy contratado ha decidido hacer un ERTE a los trabajadores con contrato indefinido y liquidar e indemnizar los contratos de los trabajadores que estamos por obra y servicio, que mi caso es de 34 meses. La empresa nos comenta que la cuantía es de 12 días por año trabajado en la indemnización. Me llega información muy contradictoria por parte de gente de fuera de la empresa, algunos comentan que deben ser 33 días por año trabajado al ser un despido improcedente. 
 A ver si alguien puede documentarme un poco al respecto. Muchas gracias.
#2

Re: Despido procedente o imporcedente..

Si el contrato de obra, o la supuesta finalización de la causa (la obra) está en fraude de ley, es un despido. Puede ser declarado improcedente.
Si realmente hay causalidad en el contrato de obra, y causalidad en su finalización, al ser un contrasto de duración prevista o estimada de más de un año, debe haber un preaviso de 15 días. Si no hay preaviso, la empresa debe pagar esos 15 días. Además, hay una indemnización por finalización del contrato de obra de 12 días.
Lo que cuenta no es como se llame el contrato, sino la realidad de los hechos de la relación laboral.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Despido procedente o imporcedente..

los hechos del despido no lo se aun, a mi personalmente el viernes me indicaron que seguiría trabajando, no se por cuanto tiempo, el caso es que a uno de mis compañeros afectados con el mismo tipo de contrato que yo y antigüedad de 6 meses le han dado una indemnización de unos 800 euros, viene a ser 33 días por año, y a otro compañero con el mismo contrato que este anterior y con antigüedad de 8 o 9 meses le ha correspondido 400 euros, 12 días por año, algo ilógico, puesto que es el mismo contrato y misma categoría profesional. motivos del despido aun no lo sabe puesto que ha recibido el ingreso pero aun los papeles no los ha firmado. Este compañero ha llamado a la empresa para que le dieran el motivo y le han indicado que es que son contratos diferentes. Así que estoy mas perdido aun si cabe. 
Por que a uno 33 días y a otro 12 por año, en que casos se cobra a 12 días,? me hablas de la finalizacion de una obra, cuando entré creo recordar que firmé algo de una obra, pero hasta el día de hoy no he vuelto a firmar ni cambios de obra ni nada. y mis compañeros tampoco.

Muchas gracias.