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Duda modelo 720 y posible nuevo modelo informativo? - Bitcoin (BTC)

3 respuestas
Duda modelo 720 y posible nuevo modelo informativo? - Bitcoin (BTC)
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Duda modelo 720 y posible nuevo modelo informativo? - Bitcoin (BTC)
#1

Duda modelo 720 y posible nuevo modelo informativo? - Bitcoin (BTC)

Alguien sabe si hay que rellenar el modelo 720 si te pasas de 50k, o SOLO si te pasas de 50k pero a fecha 31 de Diciembre de ese año fiscal?

Entiendo que esto solo hay que hacerlo si los tienes en un exchange. Si llevo mis BTC a mi Electrum, entiendo que estan en España y no hay que hacer nada no?

La segunda pregunta: hay que hacer algun tipo de modelo informativo nuevo? he visto este articulo circular por ahi y no me da buenas sensaciones:

https://www.libremercado.com/2020-02-20/gobierno-criptomonedas-limite-bitcoiin-1276652560/

Segun esta noticia, han pasado, o estan a puntar de pasar? una nueva normativa que obliga a informar de lo que tienes... hasta ahora tenia entendido que era "no hay que hacer nada hasta que vendas", ahora al comprar, automaticamente hay que informar? como va esto? en fin que panda.
 
#3

Re: Duda modelo 720 y posible nuevo modelo informativo? - Bitcoin (BTC)

Sigo sin entender si tengo que presentarlo si tengo los BTC en un wallet local, o solo en un wallet de un exchanger, y si es a diciembre 31 o con que pases de 50k dentro de X periodo ya cuenta.

Los detalles, se los dejare a mi gestor, yo no voy a presentarlo, solo me gustaria saber eso para preocuparme o no.
#4

Re: Duda modelo 720 y posible nuevo modelo informativo? - Bitcoin (BTC)

No soy experto en fiscalidad para nada. Sé de alguien que abrió una consulta vinculante a la Dirección General de Tributos sobre si los bitcoins deberían incluirse en el modelo 720. No he visto la respuesta en la web por lo que me imagino que no le contestaron.
En mi opinión, si los bitcoins están protegidos por tu clave privada, como dices en tu wallet Electrum, entonces se parece más al oro, y entonces no tienes por qué incluirlo en el modelo 720. Sin embargo, si lo tienes en un exchange a fecha 31 de diciembre, sí deberías incluirlo.

Ya te digo, que no me hagas mucho caso porque son situaciones nuevas, pero esa es mi opinión.