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Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual

6 respuestas
Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual
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Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual
#1

Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual

Mi padre, viudo y con 2 hijos  tiene 92 años, además tiene una discapacidad reconocida del 90% por la Xunta de Galicia. Sus rendimientos netos no superan los 8.000 euros y no presenta renta. 
Desde hace 4 años está ingresado en una residencia dependiente de la Xunta.
 
Mi pregunta es: ¿ podemos mi hermano y yo (al 50%) desgravar en nuestra renta el mínimo familiar por ascendientes a cargo? La duda la tengo en uno de los requisitos que dice:
 
                “Que conviva con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo. Se considera que conviven con el contribuyente los ascendientes con discapacidad, que
dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados.”
 
En este caso la desgravación sería de 1150+1400 euros.
 
                               ¿igualmente podríamos desgravar el mínimo por discapacidad? Exigen los mismos requisitos y en este caso la cuantía ascendería a 9000 euros.
 
SEGUNDA DUDA: (BIEN INMUEBLE)
 
Desde que murió mi madre  (año 2013) el bien inmueble que aparece como titular al 100% mi padre es al 50% porque la otra mitad es de mi hermano y mío. Además no es la vivienda habitual de mi padre ya que desde hace 4 años está empadronado en la residencia de la Xunta. Es la vivienda habitual de mi hermano. 
 
Mi pregunta es: ¿habría que hacer algún cambio en los datos que nos proporciona Hacienda? Hasta ahora, mi padre no la declara porque no  presenta renta y mi hermano la declara como su vivienda habitual sin más. 
Muchas gracias
#2

Re: Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual

"dependiendo del mismo" significa que los hijos puedan demostrar que se hacen cargo de algún gasto del mayor: pagar parte de los gastos de la residencia, o de la ropa, de la casa... no solo que le visites, gestiones trámites o similar. Todo esto suponiendo que esté empadronado o con residencia fiscal en la residencia de mayores, si no, Hacienda probablemente no se va a enterar y le constaría como que sigue en su domicilio, y entonces el hermano que vive en la misma casa podría deducir por él. Aunque lo legal es considerar la situación de que vive en la residencia de mayores.

La vivienda tiene que incluirla en su declaración quien sea el titular del usufructo. Digo esto porque a veces, en las herencias, a los hijos les corresponde la nuda propiedad, que no se declara, y al viudo, el usufructo entero (el 50%que tenía y el 50% del cónyuge fallecido). Si es así y tu padre tiene el 100% del usufructo, sería  él a quien correspondería incluir la imputación de renta en su declaración pues ya no es su domicilio habitual. 
Tu hermano la declara como domicilio habitual, con un porcentaje del 25% si realmente tiene el usufructo, no habiendo imputación de renta en ningún caso, y tú, una imputación de renta por el 25%, igualmente solo si tienes el usufructo.
#3

Re: Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual

Muchas gracias Bacelo. 
Efectivamente nos encargamos de su casa y de los gastos de todo lo que necesite: ropa, higiene...
Para poder incluirlo, me pide la fecha de discapacidad. Aunque figura en los datos fiscales con discapacidad del 90% ahora mismo no tengo la comunicación y en la residencia donde está ingresado tampoco la tienen. Tienen la de dependencia. Podrías decirme que fecha o como podría obtenerla? En estos momentos todos los organismos están parados.
Un saludo y muchas gracias. 
#4

Re: Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual

deberíais tener la resolución administrativa en la que se comunica el grado de discapacidad, es un documento que envían por correo certificado normalmente. Suele venir la fecha desde la que se reconoce la misma.
#5

Re: Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual

Al hilo de esta pregunta, al ser dos los contribuyentes para aplicar la deducción por ascendiente ( mi hermano y yo al 50%), hay que cumplimentar el mod. 121 o no ? Ambos estamos estamos obligados a presentar declaración.  
Y con respecto a la deducción x discapacidad al tener 92 años y ser del 90% nos corresponde 9000 euros a cada uno o al 50% ?
Muchas gracias. 
#6

Re: Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual

Primero está el mínimo por ascendiente con discapacidad (restar una cantidad de los ingresos por incluir al padre), que no se puede ceder, va al 50% cada uno. Si uno no presenta declaración, no puede incluirla el otro.
Luego está la deducción (los 100 euros/mes, 1.200/años),que  sí se puede ceder. Si vais a cederlo un hermano al otro, el que cede puede reflejarlo en su declaración si la presenta, y si no , mediante el modelo 121. Si cada uno cobra el 50%, no hay que informar de cesión alguna.
#7

Re: Mínimos ascendiente, deducción x discapacidad y vivienda habitual

Muchas gracias Bacalo. Me a quedado claro. Ahora voy a cumplimentar el borrador. 
Si no cedemos la deducción tenemos que informar de las cotizaciones mes a mes igualmente no ?