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Renta y garajes

7 respuestas
Renta y garajes
Renta y garajes
#1

Renta y garajes

Buenos días,
Mi hermana tiene el 50% de dos garajes en propiedad para uso personal, y su rendimiento de trabajo no supera el límite establecido. 
¿Está obligada a presentar la declaración de la renta?


Gracias.
#2

Re: Renta y garajes

Lo mejor es que algún experto se lo mire pero solamente por eso en principio no parece que tenga obligación de presentarla. Pero puede ser que le salga a devolver y le interese. O puede ser que tenga algo más y esté obligada. 
#3

Re: Renta y garajes

Sólo tiene eso. Rendimientos de trabajo y el 50% de dos garajes que compró para su uso. Vive con su novio pero el piso es de él.
#5

Re: Renta y garajes

Yo no estoy tan de acuerdo, atendiendo a la pregunta en si:
Los inmuebles que se queda el contribuyente para el uso personal se consideran "imputaciones inmobiliarias". La renta que se derive va a depender del valor  del inmueble, número de días, etc. por lo que no podemos saber cuánto es el valor de la imputación.
A efectos del IRPF, no tienen obligación de declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta:
* Si los rendimientos integros del trabajo no superan los 22000 euros.
* Si el total de las imputaciones inmobiliarias no superan los 1000 euros.

Por otra parte la LIRPF establece que:
En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital (mobiliario o inmobiliario) o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

Por lo tanto, si conjuntamente, los rendimientos del trabajo junto con las imputaciones inmobiliarias superan el límite de los 1000 euros, tendrá obligación de declarar. 
Los límites de los 22000 para rendimientos del trabajo y los 1000 para imputaciones inmobiliarias se aplican cuando los rendimientos que se obtienen son exclusivamente alguno de estos. 
Saludos 

#6

Re: Renta y garajes

De rendimientos de trabajo tiene 8.400 € y la suma de la rentas imputadas es de 146,54€ según el programa de la Renta.
#7

Re: Renta y garajes

En mi opinión sí está obligada a declarar ya que como te decía anteriormente, se superarán el límite conjunto de los 1.000 euros.

Y te pongo como ejemplo una consulta de la DGT https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1643-12

El caso es el siguiente: 

"- Rendimientos del trabajo: retribuciones dinerarias 19.716,50 euros
- Rendimientos de cuentas bancarias: 156,71 euros
- Ventas de valores: pérdida patrimonial inferior a 500 euros.
- Rendimientos explícitos del capital mobiliario (dividendos): 283, 28 euros.
- Préstamos relacionados con bienes inmuebles: capital amortizado 1.262,04; intereses 743,52.
Manifiesta la consultante que el préstamo no es desgravable pues corresponde a una segunda vivienda. "


Si te das cuenta, ninguno de los importes supera el mínimo para declarar de cada uno de los tipos de rendimientos (el de rendimientos del trabajo es 22.000, el de capital mobiliario 1.600 etc)

Pues bien, Hacienda considera que sí está obligado a declarar ya que de manera conjunta se superan los 1.000 euros:

"Conforme al precepto transcrito y teniendo en cuenta los datos que se obran en el escrito de consulta, en el sentido de que se trata de contribuyente que en el ejercicio 2011 ha obtenido una pérdida inferior a 500 euros pero con unos rendimientos del trabajo y del capital mobiliario por un importe conjunto superior a 1.000 euros anuales, debe concluirse que en el presente caso planteado la contribuyente está obligada a presentar la declaración del IRPF del ejercicio 2011."

Otra consulta similar de la DGT, es la  V1546-10 .

El caso es el siguiente,  

"La consultante es titular de una explotación ganadera. En la actualidad tiene muy pocas reses, por lo que prácticamente no hay ingresos.
También obtiene rendimientos de trabajo y de rendimientos de capital mobiliario sometidos a retención superiores a 1.000 euros, pero que no superan los límites establecidos para que exista obligación de declarar por estos rendimientos. "

Como puedes ver, no tiene rendimientos por actividad económica, y los límites individuales de rendimientos del trabajo y del capital mobiliario no superan los establecidos en la ley, pero en conjunto si superan los 1.000 euros. La respuesta de la DGT es la siguiente:

"En el caso planteado, la consultante es titular de una actividad económica (ganadera) y además obtiene rendimientos de trabajo y de capital mobiliario sometidos a retención que según manifiesta superan 1.000 euros pero no los límites que exoneran de la obligación de declarar para este tipo de rentas.

Por tanto, incumple los requisitos que exoneran de la obligación de declarar, pues:

Por una parte, los rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas así como ganancias patrimoniales son superiores a 1.000 euros, incumpliendo lo previsto en el último párrafo del apartado 2 del artículo 96 de la Ley del Impuesto."

Por lo tanto, en tu caso, aunque los límites individuales de rendimientos del trabajo y de imputaciones inmobiliarias no se ven superados, sí se ve superado el límite conjunto de los 1.000 euros.

Un saludo.



#8

Re: Renta y garajes

De cualquier forma, por los importes que me estás poniendo, tal y como te dijo Tristrastris, la presentación de la declaración te va a suponer una devolución de las retenciones que le han practicado por los rendimientos del trabajo así que no tenga "miedo" por el hecho de tener que presentarla. 
#9

Re: Renta y garajes

Gracias por tu explicación.
En su caso no tiene retención.
He realizado la consulta porque el año pasado con los mismos datos el borrador indicaba que no estaba obligada a presentar. Y este año el borrador no indica nada. Lo que entendí que la información que daba hacienda era que se tenía que presentar. Pero me hacía dudar la renta del 2018.

Espero que no tenga ahora problemas con la renta del año pasado, aunque el programa de hacienda informaba que no estaba obligada...

Un saludo.