Si. El importe máximo que puede aplazar sin necesidad de avales es de 30.000€.
En cuanto al tiempo, si se permiten aplazamientos anuales. Con la solicitud se presenta un calendario de pagos, y puede proponer pagos mensuales, trimestrales, anuales, que Hacienda puede aceptar o desestimar, en cuyo caso es posible que le planteen un calendario alternativo.
Importante .- el aplazamiento no es gratis, a partir del sexto mes se pagan intereses. Es decir, si por ejemplo lo aplazo 9 meses, los 6 primeros van netos pero sobre los otros 3 meses restantes se pagan intereses de la deuda. Cuanto mas se alargue el aplazamiento mas caro sale.
Si se solicita aplazamiento sin aval el interés que le aplicarán será del 3.75%, si se solicita con aval el interés aplicable es del 3%.
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