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Indemnización por despido improcedente
Buenas tardes.
Trabajador despedido por la empresa. En el SEMAC, el despido se califica de improcedente.
Le abonan 42.000 € netos, por indemnización por despido y 47.900 € brutos, por liquidación, saldo y finiquito y reclamación de diferencias salariales, reclamadas del periodo de 2015 a 2019 (aquí se le retiene 121,72 € de cotizaciones a la Seguridad Social).
Entiendo que los 42.000 € están exentos de tributación en IRPF. Tengo la duda con los 47.900, ¿cómo los declara?. ¿cómo rendimientos del trabajo obtenidos de manera irregular y por tanto con derecho a reducción?.
Otra duda, el litigio se realizó en diciembre de 2019, pero el abogado que llevó el asunto le facturó con fecha de enero de 2020, ¿podría incluir esta cantidad como gastos de defensa jurídica?, en caso contrario ¿la incluiría en 2020, aunque no declare indemnización alguna?.
Muchas gracias por sus respuestas.
Un saludo.
Trabajador despedido por la empresa. En el SEMAC, el despido se califica de improcedente.
Le abonan 42.000 € netos, por indemnización por despido y 47.900 € brutos, por liquidación, saldo y finiquito y reclamación de diferencias salariales, reclamadas del periodo de 2015 a 2019 (aquí se le retiene 121,72 € de cotizaciones a la Seguridad Social).
Entiendo que los 42.000 € están exentos de tributación en IRPF. Tengo la duda con los 47.900, ¿cómo los declara?. ¿cómo rendimientos del trabajo obtenidos de manera irregular y por tanto con derecho a reducción?.
Otra duda, el litigio se realizó en diciembre de 2019, pero el abogado que llevó el asunto le facturó con fecha de enero de 2020, ¿podría incluir esta cantidad como gastos de defensa jurídica?, en caso contrario ¿la incluiría en 2020, aunque no declare indemnización alguna?.
Muchas gracias por sus respuestas.
Un saludo.