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Duda rentas derivadas de inmueble en Portugal

2 respuestas
Duda rentas derivadas de inmueble en Portugal
Duda rentas derivadas de inmueble en Portugal
#1

Duda rentas derivadas de inmueble en Portugal

Residente fiscal en España con un piso en portugal que alquila. Las rentas que obtiene las tributa y declara en Portugal (en el modelo 3 portugués). Del art. 6 del convenio hispano-luso, entiendo que la opción de tributar en España es opcional a los efectos de la deducción por doble imposición, pero en ningún caso sería obligatorio. 

El problema viene porque el cliente que me acaba de entrar no tiene informado el famoso modelo 720, y la verdad es la primera vez que me encuentro con una tributación de un bien en otro país. 

Entiendo por tanto que no se debe declarar esa renta en España a los efectos de practicar la deducción por doble imposición y posteriormente presentada la renta declarar el modelo 720. 

Saludos y gracias por adelantado. 
#2

Re: Duda rentas derivadas de inmueble en Portugal

creo que no has entendido bien lo que significa "pueden" en el convenio de doble imposición: no es que el contribuyente pueda declararlos o no según le interese en un Estado u otro, sino que ambos Estados pueden gravar las rentas del alquiler.
Y España sí lo hace para residentes, con independencia de dónde esté el inmueble, y por lo que comentas, Portugal también por tener allí el inmueble.
Luego esos rendimientos hay que incluirlos en el IRPF, restando los gastos que permite la legislación española,  y si realmente el impuesto pagado en Portugal es un impuesto estatal equivalente al IRPF, se puede deducir por doble imposición.

El 720 es otro tema distinto del IRPF.
#3

Re: Duda rentas derivadas de inmueble en Portugal

Muchas gracias, tras leer algunas consultas vinculantes llegué a la misma visión tuya. 
Lo que se podría deducir en doble imposición en el modelo 100 sería el impuesto abonado en Portugal que tuviese un hecho imponible o gravase lo mismo, verdad? 
Gracias por adelantado.