Esa misma conclusión saqué ayer después de profundizar un poco más, que el kit de la cuestión es la naturaleza del rendimiento, que el beneficio neto en apuestas no pertenece ganancias patrimoniales de la regla 1 sino a la regla 2 ya que no está sujeta a retención.
También profundicé en el tema de la obligatoriedad de declaración por pérdidas patrimoniales de más de 500 euros y dime por favor si estoy en lo cierto. No se consideran perdidas patrimoniales las del juego online porque así queda reflejado en la Ley 35/2006 de (modificada en 2012) en su artículo 33 punto 5:
5. No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes:
d) Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período.
Imagino que estarás harto de repetir lo mismo , no se si lo has hecho con anterioridad, pero quizás un texto explicando que la naturaleza del rendimiento determina ese límite y que ahí está la confusión, quizás ayude aclararse a mas gente, porque muchas webs , foros dan información errónea y la pagina de Hacienda con la nota de las reglas bajo el cuadro no es que aclare mucho, porque joder tienes que hacer una interpretación de experto en hacienda, ya podrían extender esa nota.
Yo soy un paquete apostando, y apuesto pocas cantidades pero me ha dado curiosidad el tema, no sea que algún día gane un par de combinadas y tenga un balance de beneficio neto anual de 50 euros jaja. Ahora ya lo tengo todo claro.
Gracias de nuevo por toda la ayuda y aclaración.