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Compensación pérdida patrimonial

9 respuestas
Compensación pérdida patrimonial
Compensación pérdida patrimonial
#1

Compensación pérdida patrimonial

Buenos días,
En 2016 vendí unas acciones con una pérdida patrimonial, ¿Qué año fiscal es el último para compensar pérdidas con ganancias?
¿La pérdida patrimonial de unos determinados valores se pueden compensar con ganancias de otros diferentes?
Gracias
#2

Re: Compensación pérdida patrimonial

El último año sería 2020, así que si estas pensando en vender unas acciones con ganancias que tengas este es el momento.

Si, se compensan pérdidas de Telefónica (por ejemplo) con ganancias del Santander (por ejemplo). Da igual que acciones sean. 

Saludos 
#3

Re: Compensación pérdida patrimonial

Muchas gracias, casualmente el caso que pones como ejemplo es el mío; venderé SAN para compensar algo de pérdidas de TEF.
Otra pregunta, sin ánimo de abusar.
He leído:  Tras la reforma fiscal de 2015 se eliminó el límite temporal de compensación, sin embargo, en el caso de las acciones se sigue manteniendo el límite de dos meses para la compensación de pérdidas patrimoniales producidas por la compraventa del mismo activo en un período inferior a dos meses.
¿Qué quiere decir exactamente?
Gracias.
#4

Re: Compensación pérdida patrimonial

Pues ya tiene su gracia que justo haya acertado con el ejemplo! 


La regla de los 2 meses es,  por ejemplo: tu compras Santander hoy a 2,7. En febrero de 2021 vendes Santander a 2,5. En marzo de 2021 compras Santander a 2,3. Pues esa pérdida de febrero no la puedes incluir en las pérdidas a compensar. 

Saludos 
#5

Re: Compensación pérdida patrimonial

Mi idea era vender SAN este mes para compensar pérdidas de TEF del 2016, y inmediatamente después volver a comprar esas mismas acciones de SAN. También quería vender parte de las acciones de TEF, es una parte de ellas en las que tengo ganancias con respecto a la cotización actual, para inmediatamente después volver a comprarlas.
La idea es no perder la oportunidad de compensar las pérdidas de 2016.
Parece, por lo que explicas, que debería esperar al menos 2 meses desde el día de la venta para recomprar las mismas acciones y poder incluir las pérdidas a compensar. O bien cambiar de activo.
¿Es así?
#6

Re: Compensación pérdida patrimonial

No.

Las acciones que compras antes son las que vendes antes para Hacienda y si hay ganancias la regla de los dos meses no cuenta. 

Te pongo un ejemplo. 

Compras 100 acciones de Telefónica en 2015 por 1000 euros. Las vendes en 2016 por 700, entonces has perdido 300. 

En 2020 compras Santander,500 acciones por 1200 euros en marzo. Vendes esas acciones en diciembre de 2020 por 1600 euros. En enero de 2021 compras 500 acciones del Santander por 1500 euros. 

En 2020 has tenido una ganancia de 400 euros , que se compensa con la pérdida de 300 euros en 2016, por lo que solo tributas por 100 euros de ganancia total a Hacienda. Dado que las acciones del Santander las vendiste con ganancia en 2020 la regla de los 2 meses no cuenta y cuando vendas esas acciones tributaras según la ganancia o pérdida que hayas tenido. 

Saludos 
#7

Re: Compensación pérdida patrimonial

O sea, para compensar algo de las pérdidas de TEF solo lo pedo hacer con las ganancias de SAN. En mi caso, solo con 1/5 parte de la pérdida de TEF compenso toda la ganancia de SAN, me explico: tengo unas pérdidas de unos 8000 € y solo una ganancia de unos 1500 €. Las cuentas que me hago son: por esos 1500 € de ganancia, suponiendo que no aumenten o disminuyan, tendré que pagar por ellos el 19%, unos 300 €, por eso lo de querer compensar ahora, y como "confío" en la acción del SAN por eso la recompraría en seguida ¿Estaría bien hecho?
Por otra parte, me suena haber oído o leído, que si mantienes una acción durante muchos años, 15-20, no recuerdo, cuando la vendes tienes una serie de beneficios fiscales, ¿Puede ser?
#8

Re: Compensación pérdida patrimonial

¿Puede alguien ayudarme?
Gracias.
#9

Re: Compensación pérdida patrimonial

" Por otra parte, me suena haber oído o leído, que si mantienes una acción durante muchos años, 15-20, no recuerdo, cuando la vendes tienes una serie de beneficios fiscales, ¿Puede ser? "

Eso era antes, con los conocidos como coeficientes de abatimiento. Un invento fiscal de la época de Felipe González para inducir fiscalmente ahorro-inversión a largo plazo.
Ahora ya no es así, tanto ganas, tanto tributas. Da lo mismo el plazo de generación.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#10

Re: Compensación pérdida patrimonial

Hola a todos
Tengo unas perdidas patrimoniales por la venta de inmueble ( comprado hace 10 años por el mismo precio que vendo ahora) y tengo posibilidad de hacer plusvalias vendiendo fondos de inversion ahora,
Podia alguien confirmarme que se pueden comensar los beneficios de los fondos con las perdidads de la vivienda ?? 
No es primera vivienda y resido en el pais vasco
Muchas gracias