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Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social

6 respuestas
Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social
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Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social
#1

Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social

Bueno días, me encuentro actualmente cobrando una pensión de orfandad de 215€, tengo 23 años.
Según he leído las pensiones de orfandad se ofrecen hasta los 25 años siempre y cuando no tengas un salario superior al SMI.
Actualmente me han ofrecido un contrato en prácticas (lo específico porque no sé si también influye el tipo de contrato) cobrando 13300€ anuales (si no me equivoco es el SMI).
Mi duda es la siguiente: 
¿Puedo mantener mi pensión de orfandad con este salario?
Me refiero, en todos sitios hacen referencia a que se mantiene siempre y cuando no supere el SMI, en este caso ¿La mantendría o al hacer la suma de ambos me estaría pasando?
En caso de que me pasara, ¿Tendría que notificarlo yo al INSS o no sería necesario?

Gracias de antemano, un saludo 
#2

Re: Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social

Tienes derecho a cobrar la pensión de orfandad hasta los 25 años siempre y cuando tu sueldo no supere en el cómputo anual el SMI, y se incluyen y cuentan las pagas extras. Ojo, si por ejemplo empiezas a trabajar en marzo, es un cómputo anual, no lo que cobres todos los meses.  El SMI ahora mismo es de 13300 euros anuales. Si en 2020 recibes menos de13300 euros brutos puedes seguir cobrando esa pensión. En principio si cambian las circunstancias del receptor de la pensión y ya no debe recibirla es el receptor de la pensión el que tiene que comunicarlo a la SS en los 30 días siguientes al hecho causante. Vamos, que si dentro de un mes te contratan por 30000 anuales en el momento en que veas que vas a pasarte de los 13300 díselo a la SS, porque en caso contrario te pueden reclamar atrasos. Se acepta por ejemplo que cobres más de 950 mensuales pero anualmente menos de13300, si por ejemplo solo trabajas tres meses al año. 

Saludos 
#3

Re: Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social

te recomiendo que presentes la declaración de renta porque así los ingresos que cuentan son menores al poder descontar los 2000 euros por persona trabajadora
#4

Re: Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social

Creo que querias contestar a Luminica, no a mi, pero en la página de la SS pone ingresos, no ingresos netos, por lo que entiendo que presentar o no el IRPF no va a beneficiar en nada. Por otra parte los contratos en prácticas apenas retienen IRPF  por lo que la diferencia, de existir, será mínima. 

El tema de presentar la declaracion yo siempre recomiendo que al menos se haga la simulación, porque así se ve si favorece o no aunque no llegue al mínimo para declarar, pero el aumento del mínimo personal que comentas afecta al pago de IRPF, no a la cuantia de los ingresos, que es lo que la SS cuenta para ver si puede seguir percibiendo la pensión por orfandad. 

Saludos 
#5

Re: Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social

De los ingresos que tengas puede deducirse, únicamente si has presentado la declaración de renta, 2000 euros.  Confírmalo en un CAISS. 
Ahora no tengo la ley pero si lo necesitas te lo busco.
#6

Re: Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social

Pues si puedes te agradecería que me pongas un enlace o la forma de encontrar la normativa porque en la web de la SS no consigo encontrarlo. 

Saludos 
#7

Re: Pensión de orfandad + contrato en prácticas - Seguridad Social

Hola, a mi me pasa lo mismo, yo cobro una pensión de orfandad, si a mí me hacen un contrato de monitor de ocio y tiempo libre por 12 horas a la semana y 336 al mes, podría seguir cobrando la pensión?