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Declaracion apuestas deportivas

10 respuestas
Declaracion apuestas deportivas
Declaracion apuestas deportivas
#1

Declaracion apuestas deportivas

Buenas a todos! Tengo unas dudas respecto a este tema y se que hay mucha gente interesada que le puede venir bien.

Yo expongo mi caso en concreto:

Ganancias por rendimientos de trabajo: 2500 ( sólo trabaje 2 meses)

Apuestas deportivas: 
- Ingresos: 4800
- Retiradas: 2500 ( a través de paypal y en físico en la casa de apuesta)

Mi cuestión ahora es la siguiente, ¿estoy obligado a realizar la declaración? ¿En caso de realizarla y no rellenar ninguna casilla, ni la de ganancias como la de pérdidas, podría tener una sanción económica o cualquier problema? 

Y aparte de esto ¿como comprueba haciendo mis beneficios con las apuestas si no rellenara estas casillas?

Muchas gracias por vuestro tiempo y estoy seguro que podemos ayudar a mucha gente entre todos novata como yo en el tema

#2

Re: Declaracion apuestas deportivas

Según me indicaron a mi tienes que declarar cuando tienes beneficio dado que no se desgrava de ninguna manera las apuestas.

La fórmula sería la siguiente: 
Dinero en el saldo a 31 de diciembre – Dinero en el saldo a 1 de enero – Ingresos + Retiradas

Haciendo dicha fórmula en todas las casas de apuestas y sumando el beneficio de todas ellas deberás sacar un importe que será el que indiques en la casilla determinada de la renta (en caso de ser positivo como te comentaba anteriormente).

Lógicamente, es mejor ser "legal" y declarar si tienes beneficios, porque hoy ganas y dentro de 3 años pierdes más que todo lo que has ganado y hacienda puede decirte " eeh, que tal año no declaraste esto, toma sanción y con intereses por demora".

Referente a si estas obligado o no, según me indicaron aunque por rendimientos de trabajo no estés obligado, si tienes aunque sea 1€ de beneficio en apuestas tienes que realizar la declaración.

Espero haberte ayudado, no soy experto solo te hago referencia a la información que me dieron aquí


#3

Re: Declaracion apuestas deportivas

Estás obligado y claro que podrías tener una sanción. Hacienda tiene los datos de las casas de apuestas. 
#4

Re: Declaracion apuestas deportivas

Gracias por responder! Eso esta claro que en caso de que tuviera ganancias aunque sea más de 1 euro tendría que indicarlo, hasta ahí no hay problema. Pero en mi caso y según lo leído en todos los foros no habría problema en no rellenar ambas casillas porque sólo he obtenido pérdidas.
Esa es la conclusión que he sacado hasta ahora. En caso de que me incluya con mi padre no debería de haber problema porque por renta de trabajo y demás condiciones si que lo podría hacer

#5

Re: Declaracion apuestas deportivas

Si claro tienes que sumar ganancias y pérdidas. Si en tu caso tienes más pérdidas que ganancias no tienes que declarar nada.
#6

Re: Declaracion apuestas deportivas

Buenas, en el año 2020 recibí por parte de la empresa 4205,55 euros, del ERTE 2666,03 y del paro 2059,02 euros  me sale un total de 8930,6 euros ¿tendría que pagar en la declaración de la renta parte del erte aunque no llegue a los 12000 brutos  si he retirado a mi cuenta mas de 1600 euros en apuestas aunque haya perdido mas por ejemplo 2000 al superar los 1600 euros estaría obligado a realizarla? y por lo tanto pagar el irpf del Erte que no me han retenido?
#7

Re: Declaracion apuestas deportivas

Buenas, en el año 2020 recibí por parte de la empresa 4205,55 euros, del ERTE 2666,03 y del paro 2059,02 euros  me sale un total de 8930,6 euros ¿tendría que pagar en la declaración de la renta parte del erte aunque no llegue a los 12000 brutos  si he retirado a mi cuenta mas de 1600 euros en apuestas aunque haya perdido mas por ejemplo 2000 al superar los 1600 euros estaría obligado a realizarla? y por lo tanto pagar el irpf del Erte que no me han retenido? 
#8

Re: Declaracion apuestas deportivas

 Buenas, en el año 2020 recibí por parte de la empresa 4205,55 euros, del ERTE 2666,03 y del paro 2059,02 euros  me sale un total de 8930,6 euros ¿tendría que pagar en la declaración de la renta parte del erte aunque no llegue a los 12000 brutos  si he retirado a mi cuenta mas de 1600 euros en apuestas aunque haya perdido mas por ejemplo 2000 al superar los 1600 euros estaría obligado a realizarla? y por lo tanto pagar el irpf del Erte que no me han retenido? 
#9

Re: Declaracion apuestas deportivas

Si en total has tenido pérdidas da igual cuánto hayas retirado, no tienes obligación de hacerla.
#10

Re: Declaracion apuestas deportivas

Antes de nada, quiero indicar que no soy experto ni mucho menos pero quiero colaborar  con los pocos conocimientos que tengo para ayudar a los demás que han estado un poco en mi situación.

Referente a la declaración @yomismo2021 lo principal que debes entender es:

  • En el momento que el balance anual de tus apuestas (siguiendo esta fórmula en todas las casas de apuestas y sumando resultados: Dinero en el saldo a 31 de diciembre – Dinero en el saldo a 1 de enero – Ingresos + Retiradas) es positivo, tendrás beneficios y por ende deberás realizar la declaración de la renta especificando en las correspondientes casillas (cada año por lo que he visto las van cambiando) ganancias y pérdidas y se te calculará los beneficios en una tercera, o poner directamente los beneficios en la tercera que te menciono.

Por otro lado está la obligatoriedad de presentar la declaración por rendimientos de trabajo, que aquí francamente, me pillas, estuve leyendo la AEAT y según indica https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Ejercicios_anteriores_de_renta/Preguntas_frecuentes_2018/_Quien_tiene_obligacion_de_declarar/_Quien_tiene_obligacion_de_declarar.shtml#:~:text=Est%C3%A1n%20obligados%20a%20declarar%20todos,procedan%20de%20un%20solo%20pagador.:

Están obligados a declarar todos los contribuyentes personas físicas residentes en España, excepto los que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de:

  1. Rendimientos del trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales:
    • Siempre que procedan de un solo pagador.
    • Cuando existan varios pagadores, siempre que la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía  no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros.
    • Cuando los únicos rendimientos de trabajo consistan en prestaciones pasivas (pensiones de la Seguridad Social y de clases pasivas, prestaciones de planes de pensiones, seguros colectivos, mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial, Planes de previsión asegurados y prestaciones de seguros de dependencia), siempre que la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial reglamentariamente establecido (a solicitud del contribuyente mediante presentación del modelo 146).
  2. El límite se fija en 12.643 euros anuales, salvo para los contribuyentes fallecidos con anterioridad al 5 de julio de 2018, que se mantiene en el límite de 12.000 euros, en los siguientes supuestos:

    • Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales.
    • Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
    • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
    • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención. Tienen esta consideración en 2018 el tipo de retención del 35 por 100 o del 19 por 100 (cuando los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros) aplicable a las retribuciones percibidas por la condición de administradores y miembros de los Consejos de Administración, de las Juntas que hagan sus veces y demás miembros de otros órganos representativos, así como el tipo de retención del 15 por 100 aplicable a los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.

Yo, lo que entiendo con lo indicado en negrita es que al tener más de un pagador y la suma de los pagadores supera 1.500€ estas obligado a presentar la declaración de la renta, ya que el paro, cuenta como si te pagara por rendimientos de trabajo otra empresa.

No obstante, sería bueno llamar directamente a AEAT para resolver todas estas dudas que tengáis/tengamos y compartirlas aquí con la comunidad para así aprender todos :)

Espero haberte ayudado!
#11

Re: Declaracion apuestas deportivas

Es interesante conocer del tema porque para los que venimos de otro país es esencial conocer estas cosas. 
Soy de jugar en casinos online extranjeros como 22bet y no sabía bien como declarar las ganancias de este tipo de entradas económicas. En mi país estas cosas nadie las declara porque la verdad es que no hay muchos controles, entonces quienes apuestan y ganan, lo manejan en negro. Al menos aquí las cosas son más serias y es necesario caminar por la calle correcta para evitar grandes problemas.