Perdona por la informacion que te di ayer..
Si la declaración extemporánea es con resultado a devolver o 0, no habrá recargo alguno pero sí habrá una sanción. Se trata de una infracción tributaria por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico para la Hacienda, tipificada en el artículo 198 de la LGT.
Se califica como una infracción leve y supone una sanción de 100 euros al no haber requerimiento previo. Si pagas la sanción en el plazo establecido, se aplicará una reducción de 25%. 75 euros