no tengo claro que pudieras tener derecho a la prestación por maternidad si se te acaba el contrato, aunque sigas de baja médica, no te lo puedo afirmar. Hay un subsidio de maternidad no contributivo, pero es una birria.
Efectivamente, puedes pedirlo 4 semanas antes adjuntado informe médico de la fecha prevista del parto, y debes estar de alta. Luego o no pides la baja por enfermedad común, o solicitas el alta antes de pedir la prestación. Tendrías que tirar por esta vía si no consigues que te confirmen que vas a tener derecho a la prestación por maternidad si el parto es después de finalizar el contrato aunque estés con baja.
"Se tendrá derecho al subsidio a partir del mismo día en que dé comienzo el período de descanso correspondiente:
- Desde el mismo día de la fecha del parto o la del inicio del descanso, de ser ésta anterior.
- La madre biológica podrá anticipar el descanso con una anterioridad de 4 semanas a la fecha prevista para el parto, fecha que vendrá fijada en el informe de maternidad del Servicio Público de Salud. Esta decisión corresponde a la madre
En el supuesto de que la madre biológica estuviera en situación de incapacidad laboral, el inicio del descanso y consiguiente subsidio tiene lugar en todo caso, en la fecha del parto.
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