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Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad

7 respuestas
Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad
Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad
#1

Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad

Buenas, finaliza mi contrato laboral en 3 semanas y doy a luz dentro de 6 semanas. Si me dan la baja médica hasta el día del parto, me paga la Seguridad social la baja maternal? Me corresponde? O debería adelantar mi baja por maternidad antes de finalizar contrato y antes de dar a luz?
#2

Re: Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad

no comentas si vas a tener derecho a prestación de desempleo.
Si lo vas a cobrar, no habría problema: al solicitar la prestación de maternidad, se interrumpiría el cobro del desempleo y luego podrías reanudarlo sin perder ningún día, y la cantidad de la prestación de maternidad no sería lo que cobres de paro, que tiene un tope, sino la base de cotización que te calculan con tus últimos salarios. Esto es, saldrías igual que pidiendo la baja antes de finalizar el contrato. Lo único es que los trámites pueden ser más engorrosos porque tienes que hacerlos tú frente al SEPE y Seguridad Social (entiendo que tendrías pedir la prestación por desempleo una vez que acabe la baja por incapacidad común y luego la prestación por maternidad, aunque entérate bien de cómo van enganchando estos procesos, no sé si una vez acabado el contrato se puede pasar de baja común a maternidad y luego pedir el desempleo).

Si no vas a tener derecho a prestación, por no haber cotizado lo suficiente, y solo puedes pedir el subsidio de desempleo o ni eso,  entonces es cuando no te pagarían la prestación de maternidad y sí te interesaría tomarla antes de finalizar el contrato.
En este artículo, por ejemplo, te lo explican:
https://loentiendo.com/paro-baja-maternidad/

#3

Re: Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad

Pues lo cierto es que no tengo prestación por desempleo. Así que tendría que adelantar la baja por maternidad. Ahora, me surgen más dudas...cuánto tiempo antes del parto(fecha prevista) me dejan solicitarlo? Creo haber visto que 4 semanas antes de salir de cuentas. Es así?
Y por otro lado, puedo solicitar este adelanto de baja por maternidad estando de baja médica o tengo que estar trabajando? Muchas gracias bacalo.
#4

Re: Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad

no tengo claro que pudieras tener derecho a la prestación por maternidad si se te acaba el contrato, aunque sigas de baja médica, no te lo puedo afirmar. Hay un subsidio de maternidad no contributivo, pero es una birria.

Efectivamente, puedes pedirlo 4 semanas antes adjuntado informe médico de la fecha prevista del parto, y debes estar de alta. Luego o no pides la baja por enfermedad común, o solicitas el alta antes de pedir la prestación. Tendrías que tirar por esta vía si no consigues que te confirmen que vas a tener derecho a la prestación por maternidad si el parto es después de finalizar el contrato aunque estés con baja.

"Se tendrá derecho al subsidio a partir del mismo día en que dé comienzo el período de descanso correspondiente:

  • Desde el mismo día de la fecha del parto o la del inicio del descanso, de ser ésta anterior. 
  • La madre biológica podrá anticipar el descanso con una anterioridad de 4 semanas a la fecha prevista para el parto, fecha que vendrá fijada en el informe de maternidad del Servicio Público de Salud. Esta decisión corresponde a la madre



En el supuesto de que la madre biológica estuviera en situación de incapacidad laboral, el inicio del descanso y consiguiente subsidio tiene lugar en todo caso, en la fecha del parto.
"
#5

Re: Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad

mirando este tema, parece que sí puedes tener derecho a la prestación de maternidad aunque se haya acabado el contrato y no tengas derecho a prestación por desempleo, si estás en situación de baja laboral, y cumples el periodo mínimo de cotización que te pongo abajo,  pues se asimila a una situación asimilada al alta según sentencia del Tribunal Supremo
https://www.cuestioneslaborales.es/requisitos-para-tener-derecho-a-prestacion-de-maternidad-o-paternidad/
En caso de estar de incapacidad temporal hasta la fecha del parto, aunque se extinga la relación laboral con anterioridad y no se tenga derecho a prestación por desempleo. La sentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero de 1995, y otras posteriores, en las que se señalaba, en síntesis, que la incapacidad laboral transitoria por enfermedad común debe considerarse como situación equiparable al alta a efectos de la protección por maternidad. (Sentencia del TSJ de Cataluña de 14 de octubre de 2003)



periodo mínimo cotizado:

  • Si las personas trabajadoras tienen menos de 21 años de edad en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción:

    • No se exigirá período mínimo de cotización. 
  • Si las personas trabajadoras tienen cumplidos 21 años de edad y son menores de 26 en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción: 

    • 90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente,
    • 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.
  • Si las personas trabajadoras tienen cumplidos los 26 años de edad en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción:

    • 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 
    • 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.

#6

Re: Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad

Muchas gracias por toda esta información, Bacalo 
Me es de gran ayuda.
#7

Re: Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad

Buenas tardes , estoy embarazada y cobrando el desempleo que me acaba el día 18 de marzo ,mi fecha de parto es el 13 de abril, ya me han comentado que puedo adelantar la maternidad hasta 4 semanas antes o sea lo pillo justito el día 16 de marzo debería de solicitarla , mi consulta es que día debo de coger cita en el SEPE para dar de baja a la prestación el día 15 o el día 16 de marzo? Cuándo debo dar de baja un día antes o el mismo día? Tengo un lío...haber si alguien me puede indicar mil gracias!!!
#8

Re: Finalización contrato durante baja médica y posterior maternidad

Aún k te echen tu tienes tú paro luego te pasas a cobrar la maternidad k te pagará la s.s