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Tengo entendido que las cantidades pagadas en concepto del contrato de permuta financiera ligado al crédito con garantia hipotecaria, se consideran pérdida patrimonial. En que casilla debo incluirlas ?
Tengo entendido que las cantidades pagadas en concepto del contrato de permuta financiera ligado al crédito con garantia hipotecaria, se consideran pérdida patrimonial. En que casilla debo incluirlas ?
En las casillas 360 y siguientes. Entendiendo que efectivamente es un crédito con garantía hipotecaria:
Para un préstamo hipotecario, sobre la vivienda habitual, es más apropiada esta consulta:
Saludos.
Gracias al.rodrigo.
Efectivamente va unido a un credito con garantia hipotecaria.
No entiendo muy bien lo de la casilla 360 y siguientes que se refieren a perdidas derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales y yo entiendo que no ha habido tal. Es un derivado financiero que me ocasiona elevadas pérdidas cada mes.
Además me piden una serie de datos que para mi no encajan, como clave elemento patrimonial, fechas y valores de trasmisión y adquisición.
En la primera de las consultas tienes la justificación del porqué son ganancias y pérdidas que además deben integrarse en la base del ahorro. Para ello, lo apropiado son las casillas que te indico, en clave por la "5", otros elementos patrimoniales y en las fechas da un poco lo mismo, pon transmisión el 31.12.2009 y adquisición el 01.01.2009., deja el valor de transmisión en cero y pon la pérdida como valor de adquisición.
Saludos.
al.rodrigo, gracias de nuevo.
Ya lo he colocado tal como me has dicho en la casilla 360 y siguientes, pero no me hace variar el resultado final de la declaración. Es decir que no influye si lo coloco o no. No se puede colocar en la casilla 313 ( perdidas no derivadas de la transmisión de elemntos patrimoniales )? Porque de hecho yo no he transmitido nada. De no ser posible y la única opción fuera la 360 serviria para compensar la ganancia patrimonial que tendré que declarar el próximo año por la venta de una plaza de parking?
Gracias anticipadas
Si no has tenido en el año ninguna ganancia realizada en ninguna venta, esa pérdida este año no compensa nada, y el importe se te ha "colocado" en la casilla 445. Tienes cuatro ejercicios para compensarlo con saldos positivos de ganancias y pérdidas realizadas en ventas, por tanto sí que te compensará las ganancias por la venta del parking.
Saludos.
Muchas gracias al.rodrigo
Saludos