Empieza por comprobar que tu madre cobró, el año 22, 10.000 euros o menos de pensiones, y que no tuviera casas alquiladas, ni ventas de fondos de inversión o similar. Si superó ese importe, no tienes nada que hacer, no existe el derecho a que la incluyas en tu renta.
Si cumple los requisitos económicos, asegúrate de que puedes justificar que tu madre vivía contigo o en una residencia. Si estaba en su propia casa, o en la de algún hermano o similar, tú no puedes incluirla en tu renta.
Si crees que tienes derecho a incluirla en tu renta, descarga sus datos fiscales, busca los justificantes del lugar donde vive y mándalo todo a la AEAT con el código que viene en pequeñito al final de la primera hoja de la propuesta.
En cuanto a que "aceptaste el borrador", recuerda que la propia palabra "borrador" dice que se trata de un cálculo preliminar que se entrega para ayudar a los contribuyentes a hacer su declaración, y que, sobre ese borrador hay que hacer modificaciones para quitar o poner lo que sobra o falta. La situación familiar que aparece en el borrador suele ser la que se declaró el año anterior, que puede no coincidir con la del año actual, y hay que modificarla.