#16
Re: Compatible deducir conyugue a cargo con discapacidad y tambien hijo con discapacidad?
En el caso que conozco se indicaba certificado de empadronamiento y un genérico "justificante de convivencia".
Se hizo una exposición detallada consistente en (i) la antigüedad del empadronamiento (es cierto que empadronarse consiste en declarar al Ayto. que vives en determinado domicilio y en ocasiones la AEAT no lo admite como válido, pero si ellos lo requieren, al menos se intentó reforzar en el caso que te comento, indicando que durante un periodo de tiempo considerable y continuado este dato no se había modificado), (ii) la participación en los gastos familiares, puesto que en los propios datos fiscales el hijo era codeudor del un préstamo hipotecario sobre la vivienda en la que residían, (iii) ausencia de otras propiedades dónde poder habitar (certificado del Catastro mediante) y (iv) que era conocido que la AEAT disponía del consumo eléctrico y que se podía comprobar que la vivienda en cuestión estaba habitada (por existir un consumo acorde con una residencia permanente).
No se quejaron lo más mínimo. Pero claro, depende de las circunstancias de cada caso. Toda prueba es bienvenida, aunque no te la requieran.
Un saludo,
Se hizo una exposición detallada consistente en (i) la antigüedad del empadronamiento (es cierto que empadronarse consiste en declarar al Ayto. que vives en determinado domicilio y en ocasiones la AEAT no lo admite como válido, pero si ellos lo requieren, al menos se intentó reforzar en el caso que te comento, indicando que durante un periodo de tiempo considerable y continuado este dato no se había modificado), (ii) la participación en los gastos familiares, puesto que en los propios datos fiscales el hijo era codeudor del un préstamo hipotecario sobre la vivienda en la que residían, (iii) ausencia de otras propiedades dónde poder habitar (certificado del Catastro mediante) y (iv) que era conocido que la AEAT disponía del consumo eléctrico y que se podía comprobar que la vivienda en cuestión estaba habitada (por existir un consumo acorde con una residencia permanente).
No se quejaron lo más mínimo. Pero claro, depende de las circunstancias de cada caso. Toda prueba es bienvenida, aunque no te la requieran.
Un saludo,