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¿El tejado de parte de mi comedor es comunitario o privativo? - Ley de Propiedad Horizontal
Buenas tardes,
Soy la tercera propietaria de la vivienda en la que resido.
En 1973, el primer propietario cerró parte de la terraza comunitaria de uso privativo y la incorporó a la vivienda (he solicitado en el ayuntamiento copia del expediente de la licencia de obra-que existe porque ví la anotación en unas fichas de urbanismo cuando buscábamos los planos del edificio- pero lo que desconozco en este momento es si intervino un arquitecto y si hubo autorización comunitaria).
Después de la compra de la vivienda en 1997, el administrador nos informó que debíamos hacernos cargo del mantenimiento de esa zona del tejado, y así se hizo (se puso tela asfáltica y se pintó).
Hace unos días que tengo goteras y cuando ha venido mi seguro, me dice que es zona comunitaria (les he explicado que fue una obra posterior del primer propietario) y que avise al seguro comunitario (quien dice lo contrario basándose en esa obra).
¿Cuál de las dos partes tiene razón? Gracias, un cordial saludo,