si eres el dueño del piso, se declara como cualquier alquiler, un rendimiento del capital inmobiliario en el que puedes restar los gastos proporcionalmente a los metros que tenga esa habitación alquilada sobre el total. Es decir, si tienes 3 habitaciones de igual tamaño y alquilas una con derecho a uso de la cocina y el comedor, pues el 33% de los gastos de Comunidad, Seguro, IBI,reparaciones, amortización del inmueble y de muebles... Y si es la vivienda habitual de la persona alquilada, se aplica la reducción del 60% al rendimiento neto.
Si tú estás alquilado y has subarrendado una habitación, entonces es un rendimiento del capital mobiliario, es distinto.