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Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio
Hola buenos días, estoy confeccionando la declaración de patrimonio y tengo un problema con la deuda de la hipoteca de un piso que no es vivienda habitual y ya había planteado en este foro una pregunta no igual pero bastante similar que era “¿se puede deducir en la declaración del patrimonio EL TOTAL de la deuda a 31 de diciembre de la hipoteca de un piso que tengo alquilado? “ y yo daba por sentado que si pero la semana pasada que tuve que ir a Hacienda por un tema de renta pedí para hablar con un técnico y le hice esa pregunta y estuvo buscando en los manuales me dijo que el entendía que no, pero que fuera al preguntar a la hacienda Autonómica que lo de Patrimonio lo gestionaban ellos y como no hay cita en la autonómica quisiera saber si alguien que conozca en profundidad el tema de las deudas deducibles en el impuesto al patrimonio sepa seguro si se puede deducir el 100% de la deuda de la hipoteca al 31 de diciembre de un piso alquilado (es decir que no es mi vivienda habitual), ya que en el manual de Impuesto Patrimonio en el apartado deudas deducibles pone “No serán objeto de deducción” :
“La hipoteca que garantice el precio aplazado en la adquisición de un bien, sin prejuicio de que si lo sea el precio aplazado o deuda garantizada.”
Muchas gracias desde ya.
“La hipoteca que garantice el precio aplazado en la adquisición de un bien, sin prejuicio de que si lo sea el precio aplazado o deuda garantizada.”
Muchas gracias desde ya.