Formalismos del impuesto. Y a veces, puede tener su impacto.
Por ejemplo, si estás en regla de prorrata, devengas el 100 % de la cuota, pero solo deduces un % de la cuota.
Por ejemplo, si "extravías" esa operación, por error u omisión, el devengo de la cuota autorrepercutida es en el trimestre que corresponde a la fecha factura, pero la deducción es en el que aparece la operación.
Por ejemplo, si no tienes derecho a deducir determinadas cuotas soportadas, como en el recargo de equivalencia, devengas la cuota y el recargo al momento de recibir los bienes, pero nunca puedes deducirte esa auto-cuota.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!