Buenos días, a mi me salió a devolver y aún no he cobrado lo que me corresponde. Termina el plazo el 30 Dic 2022, a partir de ahí la Agencia Tributaria tiene un plazo de 6 meses para devolver las declaraciones del 2021. Si el retraso no se debe a causas imputables a usted, tiene derecho a que hacienda le pague los intereses de demora desde el 31 Dic hasta la fecha en que se ordene la devolución, que para el 2022 es de 3,75%.
Como decía, Si el retraso no se debe a causas imputables a usted (no te ha hecho una paralela ni existe ninguna deuda pendiente con la Administración).
Si no hay motivo para que no hayan devuelto, solicita de nuevo la devolución a la que tienes derecho, con un escrito de solicitud de devolución (dejo un modelo mas abajo).
Una vez que hayan devuelto tu dinero, recibirás una notificación de Hacienda con los intereses que te correspondan .
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Modelo de solicitud de devolución de la cuota del IRPF
Al Sr. Jefe de la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de ……../ Ser. Administrador de la Administración de la Agencia Tributaria de……
Don/ña ………….., mayor de edad, con NIF ……………y domicilio en …………… en la Calle ……………….. comparece y como mejor proceda
DICE
Primero.- Que en fecha ……………. presenté autoliquidación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio……….., resultando una cantidad a devolver de …………. euros, según declaración y documento de devolución cuyas fotocopias adjunto.
Segundo.- Que a fecha de hoy no he recibido la cuota a devolver resultante de la citada autoliquidación en la cuenta bancaria indicada al efecto y que no existe ningún procedimiento en curso contra la misma, ni ninguna causa que impida efectuar la devolución, según información facilitada en el teléfono operativo de la AEAT para consultar el estado de devoluciones o a través del servicio “consulta devolución” en
www.agenciatributaria.es.
Por todo lo cual,
SOLICITA:
Primero.- Que teniendo por presentado este escrito y documentos que se acompañan, los admita para que se proceda en el menor tiempo posible al ingreso de la cuota a devolver resultante de la mencionada autoliquidación, por importe de …………………. euros,
Segundo.- Que teniendo en cuenta que por causa imputable a la Administración no se ha ordenado el pago de la devolución en el plazo de seis meses previsto en el artículo 103 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y de acuerdo a lo establecido en los artículos 26.6 y 31 de la Ley 58/2003 General Tributaria se proceda al pago junto con la cuota a devolver, de los intereses de demora que correspondan, mediante transferencia a la misma cuenta bancaria indicada en la autoliquidación, que es la nº………………...
En ……………a …………. de ……….. de ………
Fdo: ……………