Acceder

Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

8 respuestas
Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual
Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual
#1

Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

Hola, quisiera saber si tengo alguna posibilidad de cobrar mi jubilación, ahora tengo 62 años, ya que tengo una importante deuda con la Seg. Social pero tengo embargada mi vivienda habitual, que cubre con holgura la deuda. Mi vivienda habitual está el 50% a mi nombre y el otro 50% al de mi mujer. En la actualidad cobro el subsidio de mayores de 52 años. 
Muchas gracias por vuestra ayuda. 
#2

Re: Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

Hola,

Si la deuda con la seg. social es por impago de cuotas de autónomo, hasta que no las saldes te van a denegar el acceso a la prestación, excepto que estas prescriban y la Seg. Social no haga nada por cobrarlas.

El embargo es una garantía, es decir, lo que hace es inscribir que en el caso de que por otros medios la Seg. Social no pueda cobrar la deuda, sacará a subasta dicha vivienda para obtener el dinero con el que saldar la deuda. Pero en ningún caso permite considerar esa deuda como pagada.

Si es por otro motivo, tendría que mirar la normativa, a ver que dice. Lo anterior es así por estar recogido en el art. 47 de la LGSS.

Un saludo,
#3

Re: Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

Si no lo has hecho, echa un vistazo a la ley de segunda oportunidad. Suerte. 
#4

Re: Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

Y cuando prescribe una deuda cin la Seg. Social? 
#5

Re: Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

Muchas gracias 
#6

Re: Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

Muchas gracias Y cuando prescribe una deuda cin la Seg. Social? 
#7

Re: Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

Muchas gracias Y cuando prescribe una deuda cin la Seg. Social
#8

Re: Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

Mientras mantengan activo el proceso no va a prescribir. 
#9

Re: Sin jubilación por deudas S. S. pero con embargo vivienda habitual

Gracias