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Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación
Me jubilé anticipadamente (1 mes) en diciembre 2022 para "pillar" la subida del 8,5%. Me han aplicado un coeficiente reductor del 2,81%, cuando creo tener derecho al 1,625%, según la disposición transitoria 34ª de la nueva Ley, que afecta a:
1. Jubilación anticipada voluntaria
2. Base reguladora superior a la pensión máxima
3. Extinción del contrato de trabajo anterior a 1 enero 2022
4. No haber estado dado de alta con posterioridad
5. Historial de cotización superior a 44 años y 6 meses.
Con esta casuística y según el texto legal se aplicaría la tabla de coeficientes reductores anterior a la entrada en vigor de la nueva Ley “de manera que la pensión reconocida no resulte en ningún caso inferior a la que habría correspondido con la aplicación de las normas vigentes en 2021”.(sic).
Y esas normas suponen un coeficiente reductor del 1,625% y no del 2,81%
¿Sabéis si existe alguna causa para que la Seguridad Social incumpla dicho apartado de la Ley?
¿Sabéis de algún caso en el que sí se haya aplicado?
GRACIAS.
1. Jubilación anticipada voluntaria
2. Base reguladora superior a la pensión máxima
3. Extinción del contrato de trabajo anterior a 1 enero 2022
4. No haber estado dado de alta con posterioridad
5. Historial de cotización superior a 44 años y 6 meses.
Con esta casuística y según el texto legal se aplicaría la tabla de coeficientes reductores anterior a la entrada en vigor de la nueva Ley “de manera que la pensión reconocida no resulte en ningún caso inferior a la que habría correspondido con la aplicación de las normas vigentes en 2021”.(sic).
Y esas normas suponen un coeficiente reductor del 1,625% y no del 2,81%
¿Sabéis si existe alguna causa para que la Seguridad Social incumpla dicho apartado de la Ley?
¿Sabéis de algún caso en el que sí se haya aplicado?
GRACIAS.