A ver, no nos embalemos, que las cosas puede que no sean lo que parezcan.
Por un lado, existen miles de DNIs duplicados, o que implica miles de NIFs de personas físicas duplicados. Puede que estemos solo ante una "maldita coincidencia".
Más de 100.000 DNI duplicados
(Ver:
https://www.larazon.es/espana/mas-de-100-000-dni-duplicados-YF2733414/)
También podríamos estar frente a un supuesto en que el presunto delincuente (el bar que declara el gasto), sea en verdad otra víctima, y le hayan colado una factura de un supuesto proveedor que dice llamarse Josejuan2023, cuando el verdad es un "anónimo perico de los palotes".
Si a ti un proveedor te presenta una factura que contiene todo lo que debe contener, parece buena, y verificas NIF y salen esos datos, para ti la factura es buena. Otra cosa es que el proveedor haya robado la identidad a un tercero, para ocultar su verdadera identidad.
Y relacionado con lo anterior, sea el proveedor misterioso, o ya directamente el bar, una factura de 800 €, (968 € IVA incluido), no necesita ser pagada vía transferencia, puede pagarse en efectivo. Y el documento factura en papel físico no necesita ni se exige como requisito que esté firmada y rubricada.
La carga de la prueba de la inocencia exige diligencia.
De acuerdo con lo de la ratificación del 108.4 de la LGT. Pero la defensa no puede ser meramente pasiva, si la realidad de los hechos es tan alarmante.
Como dice @Maqiz, denuncia tributaria y denuncia ante la policía por un presunto robo de identidad.
Nota: No es por desconfiar de nada ni de nadie, pero imaginemos una supuesta vuelta del calcetín.
Hay un probo funcionario, que desarrolla sus labores en un negociado que tiene competencias sobre locales de hostelería, y para "
agilizar trámites" se dedica a cobrar, bajo mano, ciertas cantidades.
Cantidades que por supuesto son preceptivas a cambio de no bloquear asuntos o incluso formular denuncias más o menos inventadas (esas cosas pasan.....).
Un hostelero, con las gónadas ya repletas, decide pagar, pero buscarle las cosquillas al probo funcionario. Y por medios lícitos (busqueda en google, p.e.), o ilícitos, obtiene los datos fiscales del probo funcionario, y declara como gasto el pago de "honorarios por agilizar".