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IRPF en donación por pacto sucesorio en Baleares.
Buenas tardes.
El año pasado doné en vida a mi hijo un piso en base al derecho civil propio de la Islas Baleares que contempla esta posibilidad como si fuera herencia. Se le llama Pacto sucesorio de definición. Como el piso lo adquirí por 100.000 euros en su día y lo he donado por valor de 250.000 euros, me consta que a efectos de irpf del donante no hay ganancia patrimonial, pues se equipara a una sucesión.
La duda que tengo es: en este irpf simplemente no hago constar nada (hacienda ya averiguará que ha sido una equivalencia a una sucesión), o si hay que hacerlo constar en el apartado de ganancias patrimoniales (si es así no encuentro la opción de que no se compute esa ganancia al ser donación por pacto sucesorio).
Gracias de antemano por vuestra ayuda.
El año pasado doné en vida a mi hijo un piso en base al derecho civil propio de la Islas Baleares que contempla esta posibilidad como si fuera herencia. Se le llama Pacto sucesorio de definición. Como el piso lo adquirí por 100.000 euros en su día y lo he donado por valor de 250.000 euros, me consta que a efectos de irpf del donante no hay ganancia patrimonial, pues se equipara a una sucesión.
La duda que tengo es: en este irpf simplemente no hago constar nada (hacienda ya averiguará que ha sido una equivalencia a una sucesión), o si hay que hacerlo constar en el apartado de ganancias patrimoniales (si es así no encuentro la opción de que no se compute esa ganancia al ser donación por pacto sucesorio).
Gracias de antemano por vuestra ayuda.