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Bono Social Termico e IRPF

8 respuestas
Bono Social Termico e IRPF
Bono Social Termico e IRPF
#1

Bono Social Termico e IRPF



El bono social térmico es una cantidad económica que reciben (mediante transferencia bancaria) los beneficiarios del bono social eléctrico.
En teoría está destinado a ayudar a sufragar parte de los gastos de calefacción.

Un conocido mío realiza el IRPF en una gestoría y no le han incluido como ingresos los 300€ recibidos.
Pese ah insistir le han dicho que no hay que incluirlo en el IRPF.

Por mi parte he estado indagando al respecto, pero no no encuentro nada.

Consultas de la D.G. Tributos: Buscador (hacienda.gob.es) 

¿Me estoy perdiendo algo?
#2

Re: Bono Social Termico e IRPF

Sí se incluye:
Casilla 301 (Demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas)
#3

Re: Bono Social Termico e IRPF

 i) Demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas 
Entre ellas ellas está el "Bono Social Térmico", ayuda creada por el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores (BOE de 6 de octubre), dirigida a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina. La declaración de esta ayuda se debe efectuar en el epígrafe F1 (Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales) en la casilla [0301]. 

Copiado de la página 813 Manual Renta 2022 PDF.

Un saludo.
#4

Re: Bono Social Termico e IRPF

efectivamente hay que declararlo como ganancia patrimonial en la base general, ya que sucede que el Gobierno no ha declarado explícitamente su exención del IRPF, y como es una subvención establecida por el gobierno central aunque lo gestionan las Comunidades Autónomas, tampoco puede acogerse a la exención que marca el IRPF para "  Las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción para garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos, y demás ayudas establecidas por estas o por entidades locales para atender, con arreglo a su normativa, a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos o necesidades de alimentación, escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando ellos o personas a su cargo, carezcan de medios económicos suficientes "
#5

Re: Bono Social Termico e IRPF

Hola! Estoy ayudando a una persona cuyo único ingreso en 2022 fueron 565.37€/mes de IMV y 306.18 € del Bono Térmico y su complemento. En la Declaración del IRPF de este año 2023 le indicaron que tenía que incluir ese importe de 306.18 € en la casilla 0304 ("ganancia patrimonial en la base imponible general"), aunque no aparecía en los datos fiscales de ese año en la AEAT.
Y hoy se acaba de encontrar en si Certificado Integral de Prestaciones (imaginamos que es ya el revisado) que le descuentan unos 25 €/mes (nuestros cálculos indican que es el importe de ese Bono Térmico declarado, dividido entre 12 meses), y está desesperado, como os podéis imaginar. Alguien puede indicarnos qué podemos hacer, por favor? Reclamar, y cómo? Muchas gracias
#6

Re: Bono Social Termico e IRPF

La información sobre el ingreso mínimo vital dice:
" La cuantía del ingreso mínimo vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas"


" para la determinación de los rendimientos mensuales de las personas que forman la unidad de convivencia se computa el conjunto de rendimientos o ingresos de todos los miembros, de acuerdo con lo establecido en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas "

por ello, parece que están teniendo en cuenta las subvenciones que otorga el Gobierno y que no están exentas de impuestos y se declaran en el IRPF como ganancias del capital; por ejemplo, este bono social térmico, o el bono cultural que dan a los jóvenes, que también hay gente que comenta le ha afectado en lo que recibe de ingreso mínimo vital. Con lo cual, lo restan de la cantidad a percibir. Curiosamente, el bono eléctrico, como es un descuento que aplica la compañía eléctrica y no se imputa en el IRPF, no lo "restan".

En estos casos, estas subvenciones se convierten en un "regalo" envenenado, más el caso del bono cultural, que resulta los jóvenes se lo gastan en música, videojuegos,etc y luego se lo substraen de lo que reciben los padres para comida. Al menos el bono del gas se gasta en algo básico, como es la energía para cocinar, agua caliente o calefacción.
#7

Re: Bono Social Termico e IRPF

Muchas gracias por responder, Bacalo.

Sí, al parecer hay más personas afectadas; y es muy injusto, una burla, y agrava aún más la difícil situación de muchas personas, pues no solo disminuye el ya escasísimo IMV (como mínimo hasta la revisión del 2024) sino que, por encima, la Administración posiblemente exija su devolución. Esto tiene que hacerse público. Veremos cómo se va desarrollando todo. Muchas gracias de nuevo.
#8

Re: Bono Social Termico e IRPF

en línea similar, está el tema de las subvenciones para instalar ascensor o arreglar la fachada o el tejado en pisos viejos, se las imputan a los dueños y resulta que hay personas (fundamentalmente mujeres con pensiones mínimas de viudedad) que les quitan el complemento a mínimos de la pensión porque se pasan de ingresos. Aunque lleva así toda la vida, hay un barrio en Madrid que están haciendo actualmente bastante ruido a través de las asociaciones de vecinos.
O que por obligar a la madre a presentar la declaración, el hijo pierde el derecho a restar el mínimo por ascendiente en la suya...
Es dar con una mano y quitar con la otra, pero solo cambian estas normas cuando hay presión mediática de un colectivo, como lograron con la deducción por maternidad.
#9

Re: Bono Social Termico e IRPF

Sí, sé que se dan ese tipo de situaciones; igual que no me sorprende en absoluto esto del Bono Térmico-IRPF-IMV (aunque me indigna en grado sumo) que, por lo que parece, se está aplicando a todo el que lo declara, y sin informar previamente de forma clara y transparente a los perceptores, como es nuestro derecho... El caso es que esta persona a la que estoy ayudando no tiene NINGÚN PATRIMONIO más (ni casa, ni terrenos...) salvo lo que cobra de IMV y este BONO TÉRMICO, por lo que ni de lejos llega al límite de patrimonio establecido en el IMV para 1 persona...

A ver si podemos recabar más información y que salga a la luz. Muchas gracias, Bacalo 😉