La información sobre el ingreso mínimo vital dice:
" La cuantía del ingreso mínimo vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas"
y
" para la determinación de los rendimientos mensuales de las personas que forman la unidad de convivencia se computa el conjunto de rendimientos o ingresos de todos los miembros, de acuerdo con lo establecido en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas "
por ello, parece que están teniendo en cuenta las subvenciones que otorga el Gobierno y que no están exentas de impuestos y se declaran en el IRPF como ganancias del capital; por ejemplo, este bono social térmico, o el bono cultural que dan a los jóvenes, que también hay gente que comenta le ha afectado en lo que recibe de ingreso mínimo vital. Con lo cual, lo restan de la cantidad a percibir. Curiosamente, el bono eléctrico, como es un descuento que aplica la compañía eléctrica y no se imputa en el IRPF, no lo "restan".
En estos casos, estas subvenciones se convierten en un "regalo" envenenado, más el caso del bono cultural, que resulta los jóvenes se lo gastan en música, videojuegos,etc y luego se lo substraen de lo que reciben los padres para comida. Al menos el bono del gas se gasta en algo básico, como es la energía para cocinar, agua caliente o calefacción.