Como indica @Juan-Lackland, en las diferentes ventanas de captura de datos para la Declaración de Renta (modelo 100), el arrendatario solamente incluye datos del arrendamiento si tiene derecho a deducción por alquiler (datos de NIF del arrendador y cantidad anual abonada).
Ahora bien, cuando cada año accedemos a los servicios de Renta, lo primero que nos aparece es una pantalla/aplicación para la “ratificación del domicilio fiscal actual”. Allí hay un campo, denominado “titularidad”, en la que existen cuatro opciones: Propietario, usufructuario, arrendatario, otras situaciones. Si indicas “arrendatario”, a continuación te pide el NIF del arrendador. En esa pantalla estás facilitando datos referidos al momento en que se realiza esa operación de ratificación (entre abril y junio de cada año), no sobre el domicilio que tenías en el ejercicio a que se refiere la declaración de renta que vas a hacer, que pudo ser el mismo o diferente.
Por esta vía de la “ratificación del domicilio fiscal actual” la AEAT consigue una valiosa información: hay una persona, identificada por su NIF facilitado por el arrendatario, que en un momento dado tiene arrendado un inmueble de su propiedad, del que también sabe su referencia catastral y dirección. No obtiene información sobre el periodo de alquiler ni la renta percibida, pero la AEAT conoce que hay alquiler.
Te dejo enlace a la información de la AEAT sobre este particular en la Renta 2022.