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Venta vivienda habitual por compra de edificio con división horizontal. - IRPF

3 respuestas
Venta vivienda habitual por compra de edificio con división horizontal. - IRPF
Venta vivienda habitual por compra de edificio con división horizontal. - IRPF
#1

Venta vivienda habitual por compra de edificio con división horizontal. - IRPF

Este año vendí mi vivienda habitual y conozco que me puedo desgravar la reinversión por otra vivienda habitual. Se  me presenta un caso que no sé cómo aplicaría. Y es el de un edificio que tiene división horizontal: 2 viviendas, local y patio. ¿En este caso cómo aplicaría?

Gracias
#2

Re: Venta vivienda habitual por compra de edificio con división horizontal. - IRPF

Tendrás que conocer el precio de la parte proporcional de ese edificio que va a convertirse en tu vivienda habitual: una de las casas y la parte correspondiente de las zonas comunes (patio y, en su caso, portal). 
Tendrás que reinvertir el total de lo que obtengas por la venta de tu actual vivienda habitual (el total de la venta; no únicamente la ganancia) en pagar esa parte del edificio. El resto de lo que compres no se considera reinversión porque no será vivienda habitual.
#3

Re: Venta vivienda habitual por compra de edificio con división horizontal. - IRPF

Entendía que debía ser algo así, muchas gracias por la aclaración.
#4

Re: Venta vivienda habitual por compra de edificio con división horizontal. - IRPF

Buenos días:

No veo inconveniente en que sea todo el importe de compra del edificio.

<<1. Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
Cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida.>>

Se ha de tener en cuenta que se utilia el art "la" para la vivienta habitual anterior y el artículo "una" de la vivienda en la siguiente reinversión.

Saludos.