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Declarar IRPF sin vivir en España

22 respuestas
Declarar IRPF sin vivir en España
Declarar IRPF sin vivir en España
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#16

Re: Declarar IRPF sin vivir en España

Hola,

Lo primero de todo, mi anterior mensaje se basaba en el supuesto -que no es así por lo que comentas- de que una parte de tu renta procedía de España de otras fuentes distintas al trabajo. Lo importante mi respuesta, añadiendo a la misma las grandes consideraciones -e incluso mejores- que han realizado el resto de rankianos, es que es cierto que la carga de la prueba de la Administración es costosa, pero puede llevarse a cabo si se inician actuaciones de control para verificar tu residencia (todo ello, debido a que la residencia en este caso permite una elusión de Impuestos cuando no se dan los requisitos para ello). “Que el árbol no te impida ver el bosque”: lo que comentas de los distintos apartados de la declaración es correcto, pero no me refería a eso, si no que he puesto ese ejemplo como una de las pruebas que puede utilizar la Administración en tu contra, si llega el caso.

Como te “autodeclaras” residente fiscal español, tienes obligación de informar de los bienes que tengas radicados en el extranjero -“modelo 720”- si estos tienen un valor a final del año (o saldo medio del último trimestre, si es mayor) de 50.000€, como bien apuntas.

Un saludo,
#17

Re: Declarar IRPF sin vivir en España

Si, en efecto los 7000 euros anuales de España no son rentas de trabajo, es el alquiler de un piso que era de mi padre y herede hace un par de años que falleció, y lo puse en alquiler para terminar de pagar la hipoteca que le falta, el alquiler mensual es de 580 euros.

Ciertamente yo ni tenía idea de que el impuesto del alquiler podía ser mayor si hago la declaración como no residente que si la hago como residente, el país donde estoy trabajando es Reino Unido (Irlanda del Norte para ser más precisos) y mi sueldo es de unas 16000-17000 libras al año (unos 20000 euros brutos) que con el coste de vida aquí tampoco dan para mucho, pero se puede vivir aceptablemente. 

Ahora bien, de lo que he leído hasta el momento y lo que he leído aquí también parece que existe una especie de vacío legal por el cual una persona que resida en el extranjero no se encuentra impedida en modo alguno de tributar en España por el IRPF en lugar de por el IRNR y que esto le resulte más ventajoso si sus rentas del trabajo anuales en el extranjero no suponen más de 60100 euros y por tanto no tributan. 

Ahora bien, según planteais algunos, Hacienda me podría querer buscar las cosquillas por el supuesto del "centro de mis intereses económicos". Al respecto si bien trabajo fuera de España, mi única propiedad a día de hoy es ese piso en España que tendrá un valor de mercado de 120000 euros por lo que se vende en la zona, y fuera de España no tengo más que el dinero para ir tirando cada día. ¿Podría decirse que mi centro de intereses económicos es España al estar ahí mi único patrimonio?

Igual asumo que si me comprase una casa en Irlanda del Norte ya si me convendría vender ese piso en España para evitarme problemas.
#18

Re: Declarar IRPF sin vivir en España

tu centro de intereses económico no está en España porque ganas más dinero en UK.
Si no has dejado aquí cónyuge e hijos, tampoco el personal.
No pasas 180 días en España, pero sí en UK.
Con estos datos, me parece claro que eres residente fiscal en UK.
Y aunque cumplieras los requisitos de residencia fiscal en España y en UK, por el convenio de doble imposición serías residente en UK que es donde imagino tienes una vivienda a tu disposición (ya sea en alquiler o propiedad); la de España la tienes alquilada.
Con el agravante de que, al estar UK fuera de la UE, en el IRNR tendrías que pagar el 24% del ingreso íntegro del alquiler, sin restar ningún gasto, frente a descontar gastos si vas al IRPF, reducción del 60% si la has alquilado para vivienda habitual y quitar además los 5.500 del mínimo personal.
Ahora bien, como se ha comentado, a Hacienda le puede resultar difícil demostrar que vives en otro país sino has informado tú de tu cambio de residencia mediante el formulario correspondiente,  y puede que no tenga en su punto de mirar estos casos de poco dinero.


#19

Re: Declarar IRPF sin vivir en España

Hola,

Vamos a centrar el caso: tanto yo como mis compañeros rankianos lo que hemos hecho es explicarte el marco legal que creemos correcto sobre la situación en la que te encuentras para resolver las dudas y cuestiones que planteabas. Por tanto, una vez visto lo que te hemos expuesto, tú has propuesto una solución que te es menos costosa fiscalmente -seguir siendo residente en España sin reunir el periodo mínimo de permanencia en el territorio alegando otra opción que la propia LIRPF contempla-, asumiendo las posibles consecuencias -que también se te han indicado- y aportando aquí los argumentos por lo que crees que es una opción válida. 

Pero, llegados a este punto, respecto a la comunidad, ya no podemos ir más allá. Es decir, las actuaciones de comprobación de la Administración de las anteriores respuestas son las posibles consecuencias que la misma puede iniciar para regularizar la situación, si la detecta y la considera como incorrecta. Como ves, entra en juego, de primeras, tres hipótesis (descubrimiento, consideración e iniciación). Si finalmente estas ocurren, efectivamente, la carga de la prueba la tiene la Administración y es difícil y compleja -como ya se te ha indicado-, sin embargo, si tú crees que lo que ellos aportan no es suficiente y que tus argumentos (los que has expuesto antes) son más contundentes, válidos y con mayor encaje legal, si tras el trámite administrativo la Administración no cambia de criterio, debes acudir a la vía económico-administrativa en primer lugar y, después, a la jurisdicción ordinaria para que sean ellos los que resuelvan la discrepancia.

Lamentablemente, una vez expuesto la legalidad vigente y como se adapta la misma al caso que comentas, creo que no es honesto aconsejarte por parte de esta Comunidad porque la situación en la que te encuentras depende de futuribles nada ciertos y consta de muchas variables, siendo una de ellas la interpretación jurídica de unas pruebas que ni siquiera se conocen -las que aportaría la Administración-.

Con lo dicho creo que ya todo ha quedado claro,
Un saludo.
#20

Re: Declarar IRPF sin vivir en España

Si, está muy bien, y de hecho OS agradezco mucho el tiempo que os habéis tomado en responderme. Muchas gracias por todo.

Dos últimas consulta y con eso ya no soy más la lata, he encontrado la ley del INRN y dice esto:


<<Artículo 5. Contribuyentes.

Son contribuyentes por este impuesto:

a) Las personas físicas y entidades no residentes en territorio español conforme al artículo 6 que obtengan rentas en él, salvo que sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.>>


¿se puede decir que la ley del IRNR reconoce la posibilidad de que una persona no residente en territorio español sea contribuyente por el IRPF?

La otra pregunta es, las rentas de trabajo en el extranjero por debajo de 60100 euros, ¿Se meten en la casilla 588 de la declaración del IRPF o en algún sitio más? Porque el formulario 720 no tiene espacio para ello.
#21

Re: Declarar IRPF sin vivir en España

Hola de nuevo,

Te lo indiqué ya en un comentario anterior: los contribuyentes del IRNR se definen por exclusión de los que sí son contribuyentes del IRPF.

Por tanto, si eres “residente”, tu tributación es vía IRPF de la renta mundial y, si no lo eres, por “descarte”, pues IRNR por las rentas generadas en España.

Revisa el comentario anterior de @bacalo que te ha hecho en el día de hoy, es espléndido respecto a la argumentación que puede desplegar la Administración. Lo suscribo punto por punto.

Un saludo,
#22

Re: Declarar IRPF sin vivir en España

si presentas IRPF, las rentas exentas por el 7p no hay que incluirlas en ningún sitio.
La casilla 588 es para deducción por doble imposición internacional. Son los rendimientos del trabajo, intereses,dividendos,etc que has declarado en el apartado correspondiente, y en la 588 incluyes lo cobrado en el extranjero y la retención soportada.

Por tanto, las 2 opciones son incompatibles, y es más favorable la exención del 7p porque por doble imposición España no va a devolverte dinero que te han retenido en otro país, como máximo, reduciría a 0 lo que sale a pagar en España, y eso ya lo tienes con las exención del 7p.

Y sobre la cuestión de la residencia fiscal, no le des más vueltas, NO eres residente fiscal con los datos que has expuesto porque no cumples los requisitos que marca el IRPF, luego te aplicaría el IRNR.
#23

Re: Declarar IRPF sin vivir en España

A mediados del 2024 se cumplen los 5 años de alquiler. Con lo que he comentado aquí, ¿me conviene más venderlo y quitarme el asunto del medio o seguirlo alquilando?