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Duda modelos IVA 303 y 390
Hola comunidad,
estoy haciendo mis declaraciones de IVA (soy autónomo) del T4 del 2023 y tengo un par de dudas:
- Sé que para IRPF toda compra de material superior a 300€ y que se use más de un año es un bien de inversión , lo amortizo según tablas y punto.
Pero en términos de IVA, entiendo que es un bien de inversión si supera los 3000€, no es así?
Si este año hice una compra de 700€ a un proveedor de la UE (que estoy amortizando), debería incluirla en los modelos de IVA como:
Adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión o Adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes?
Yo he estado metiendo TODO dentro de 'bienes corrientes' en las trimestrales (al no superar los 3000€), pero creo que quizá no ha sido correcto. Quizá lo mejor sea no tocar lo anterior y hacer que todo "sume" lo mismo.
En cualquier caso, esto no afecta el importe a IVA final a pagar y no debería ser un problema, no?
- Este año he vendido un monitor que compré como autónomo. He hecho factura, cobrado IVA, todo en orden.
Entiendo que la base imponible NO cuenta como ingresos de actividad, sino como ganancia patrimonial, a declarar en la renta anual.
Ahora bien, para declarar el IVA, entiendo que debería incluirlo en el 303 trimestral bajo IVA devengado - régimen general.
Es decir, sumar ingresos de actividad y ventas en esas casillas, tanto para la base imponible como para IVA. No es así?
Gracias de antemano.
estoy haciendo mis declaraciones de IVA (soy autónomo) del T4 del 2023 y tengo un par de dudas:
- Sé que para IRPF toda compra de material superior a 300€ y que se use más de un año es un bien de inversión , lo amortizo según tablas y punto.
Pero en términos de IVA, entiendo que es un bien de inversión si supera los 3000€, no es así?
Si este año hice una compra de 700€ a un proveedor de la UE (que estoy amortizando), debería incluirla en los modelos de IVA como:
Adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión o Adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes?
Yo he estado metiendo TODO dentro de 'bienes corrientes' en las trimestrales (al no superar los 3000€), pero creo que quizá no ha sido correcto. Quizá lo mejor sea no tocar lo anterior y hacer que todo "sume" lo mismo.
En cualquier caso, esto no afecta el importe a IVA final a pagar y no debería ser un problema, no?
- Este año he vendido un monitor que compré como autónomo. He hecho factura, cobrado IVA, todo en orden.
Entiendo que la base imponible NO cuenta como ingresos de actividad, sino como ganancia patrimonial, a declarar en la renta anual.
Ahora bien, para declarar el IVA, entiendo que debería incluirlo en el 303 trimestral bajo IVA devengado - régimen general.
Es decir, sumar ingresos de actividad y ventas en esas casillas, tanto para la base imponible como para IVA. No es así?
Gracias de antemano.