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No presentar declaración del IRPF con rentas superiores a...
Buenas noches.
Según la información disponible en la página de la Agencia Tributaria:
Tienen esta consideración de "descendientes" a efectos de la aplicación de este
mínimo, los hijos, nietos, bisnietos, etc., que descienden del contribuyente y
que están unidos a este por vínculo de parentesco en línea recta por
consanguinidad o por adopción, sin que se entiendan incluidas las personas
unidas al contribuyente por vínculo de parentesco en línea colateral (sobrinos) o
por afinidad (hijastros).
Se asimilan a los descendientes, a estos efectos, las personas vinculadas al
contribuyente por razón de tutela, acogimiento o curatela, en los términos
previstos en la legislación civil aplicable o, fuera de los casos anteriores, a
quienes tengan atribuida por resolución judicial su guarda y custodia.
Para beneficiarse del mínimo por descendientes, estos han de cumplir los
siguientes requisitos:
Convivir con el contribuyente que aplica el mínimo familiar (situación
existente a fecha de devengo del impuesto; 31 de diciembre de cada año o
fallecimiento del contribuyente en día distinto). Se asimilará a la convivencia
con el contribuyente la dependencia con respecto a este último.
Ser menor de 25 años, o cualquiera que sea su edad si el descendiente
tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
No tener rentas anuales superiores a 8.000 €, excluidas las exentas.
No presentar declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 €.
Relacionado con este otro tema > https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6019348-descendiente-discapacitado-concepto-rentas-1800?page=1
Supongamos que una persona discapacitada recibe una ayuda económica de 1609 euros para comprar una silla de ruedas electrica.
La cuestión es que sus progenitores deducen por él unas cantidades en el IRPF y quieren saber si seguirían haciéndolo.
El dinero procede los servicios sociales, pero al no ser una prescripción médica tendría que declararlo como ingresos.
¿Esos 1609 euros se consideran incremento de patrimonio o cómo?
¿Estaría obligado (el hijo discapacitado) a realizar el IRPF?
Gracias.