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IVA soportado en actividad sanitaria en la declaración de la renta
Buenos días:
Un profesional autónomo que realiza una actividad sanitaria (emite facturas sin IVA), soporta IVA en determinados gastos de su actividad. Este IVA soportado se entiende que es deducible al declarar los rendimientos en su declaración de la renta (y no poder deducirse ese IVA en modelos trimestrales de IVA) y hasta ahora siempre se ha deducido ese IVA dentro del epígrafe de la factura de gasto por la que surge ese IVA.
Por ejemplo: para una factura de 121,00 euros de luz (100,00 de base y 21,00 de cuota de IVA) se deducían 121,00€ en el epígrafe "suministros". Pero ahora vemos que hay un epígrafe "IVA soportado" en el que parecería que habría que poner los 21,00€ de IVA (y supongo que sólo 100,00€ en suministros). ¿Esto realmente habría que hacerlo así?, ¿Puesto que realmente ambas cosas son deducibles es importante hacer ese desglose o o daría un poco igual?
Gracias!
Un profesional autónomo que realiza una actividad sanitaria (emite facturas sin IVA), soporta IVA en determinados gastos de su actividad. Este IVA soportado se entiende que es deducible al declarar los rendimientos en su declaración de la renta (y no poder deducirse ese IVA en modelos trimestrales de IVA) y hasta ahora siempre se ha deducido ese IVA dentro del epígrafe de la factura de gasto por la que surge ese IVA.
Por ejemplo: para una factura de 121,00 euros de luz (100,00 de base y 21,00 de cuota de IVA) se deducían 121,00€ en el epígrafe "suministros". Pero ahora vemos que hay un epígrafe "IVA soportado" en el que parecería que habría que poner los 21,00€ de IVA (y supongo que sólo 100,00€ en suministros). ¿Esto realmente habría que hacerlo así?, ¿Puesto que realmente ambas cosas son deducibles es importante hacer ese desglose o o daría un poco igual?
Gracias!