Desgravación por reformas en primera vivienda en función del tipo de reforma realizada
Hola a todos,
En diciembre del año pasado adquirimos nuestra primera vivienda y necesita muchas y variadas reformas algunas de ellas ineludibles por el estado de conservación en qué se encuentran dichas partes del piso.
He leído en la sección correspondiente de la Agencia Tributaria y la verdad es que no me queda nada claro qué se puede desgravar y qué no, así como el procedimiento a seguir para hacerlo. En todas partes encuentro descrpciones generalistas de qué se puede desgravar, pero he decidido preguntar por trabajos a realizar concretos para que de paso las posibles contestaciones puedan servir a otra mucha gente que necesite realizar trabajos similares en sus viviendas.
Os comento los ejemplos concretos de obras que tenemos que realizar (evidentemente con factura de por medio, nada de pago en negro) para los cuáles tengo dudas:
- Cambiar carpinteria de madera con fugas y exposición al exterior con cristales simples por otros de aluminio y doble cristal (en teoría son mejoras de eficiencia energética).
- Cambiar persianas rotas (algunas de ellas sin cuerda ni siquiera) y toldo de tela roto por otros nuevos.
- Revisar y arreglar parte de la instalación eléctrica que funciona pero la verdad es que en algunas zonas de la casa da miedo.....(amasijos de cables sueltos sin cubrir, enchufes que no funcionan,....).
- Poner calefacción de gas natural (es una vivienda en la que en la actualidad no existe ningún medio de calefacción).
- Asegurar una reja de metal que separa la galería de la cocina de la calle cuyos soportes de metal inferiores estan podridos por corrosión (aquí es que directamente podríamos hablar de un tema de seguridad porque no quiero ni pensar que la reja cayese a la calle........).
- Poner sistema de ventilación de olores en lavabos (que son interiores y no tienen respiración con el exterior, higiene ?).
- Cambiar inodoros, bañera y la pica de lavarse las manos con la parte de fontanería y cañerías que conlleva (en estado lamentable, incluso con las tapas del váter quemadas, la cisterna no funciona, de nuevo no es capricho sino tema de higiene y de qué funcione).
- Arreglar baldosas del balcón (justo las del borde que dan a la calle) que pueden caer en cualquier momento (de hecho yo he terminado de arrancar alguna por miedo a que le cayese a alguien encima).
- Cambiar suelo de terrazo por otro de mayor aislamiento (parquet, gres u otro terrazo). No es por capricho, hay baldosas rotas y queda al descubierto el cemento del suelo.
- Arreglar grietas en techos y paredes (de nuevo tema de "seguridad", no es capricho).
- Trabajos de carpintería: armarios empotrados sin puertas o con las mismas colgando, estantes interiores rotos, puertas y marcos de las mismas con roturas,........
Y en cuanto al "procedimiento de desgravación":
1- Los importes por reformas/rehabilitación se suman a los de desgravación por vivienda habitual hasta "el límite de 9000 y pico por persona" o se trata de dos tipos de desgravación distintos y por lo tanto se especifican en casillas diferentes de la declaración ?.
2- Se especifican las cantidades en la declaración y te guardas las facturas, fotos y otra documentación de la obra realizada por si en algún momento te piden explicaciones o hay que cumplimentar alguna documentación y dejar constancia siempre de las obras y motivos al hacer la declaración o antes de ello ?.
Gracias anticipadas por vuestras posibles respuestas y aportaciones. Perdón por la extensión pero espero le sirva a alguien más tanto detalle.