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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

11 respuestas
Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
#1

Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

Buenas tardes.

Actualmente estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años desde septiembre del año pasado. Hace unos meses mis padres fallecieron y hace un mes he firmado la aceptación de herencia del testamento.

Como soy previsor, llevé la aceptación de herencia al Sepe y les expliqué todo. He recibido una notificación la cual me indica que me suspenden el subsidio desde el día 7/2/2025 (día de la firma), hasta que mi situación sea la habitual sin rendimientos que superen el 75% del SMI.

Entonces ahora ,me surgen las dudas. En la aceptación de herencia constamos mi hermana y yo, y en ella sale el reparto de cada cual, osea que sería todo al 50%. En el momento en que os escribo, no se ha hecho aún el reparto ni siquiera el dinero de las cuentas. Pero aún así me lo han suspendido.

No quiero parecer iluso, pero si aún no he percibido dinero en líquido ni aún no se han producido los cambios de inmuebles a mi nombre, por qué me lo han suspendido? 

Gracias de antemano.
#2

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

Según el sitio web de la Agencia Tributaria, el subsidio para mayores de 52 años es una ayuda sujeta a un límite de rentas. Para mantenerlo, los ingresos mensuales del beneficiario no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cada momento. 

En cuanto a la suspensión de tu subsidio por parte del SEPE, es importante entender cómo se consideran los rendimientos en el caso de una herencia. 

¿Por qué te lo han suspendido?

 El SEPE considera que, desde el momento en que aceptas la herencia (7/2/2025), ya eres titular de los bienes heredados y, por lo tanto, se generan rendimientos que pueden afectar al derecho al subsidio, aunque aún no hayas recibido el dinero o se haya formalizado el reparto de bienes. Los rendimientos que pueden contar como ingresos son, por ejemplo: 
  • Saldos en cuentas bancarias heredadas, aunque no los hayas retirado.
  • Valor catastral de inmuebles heredados, que generan rentas presuntas a efectos del cálculo del subsidio.
  • Rendimientos de inversiones o intereses de cuentas bancarias heredadas.

¿Qué puedes hacer ahora?

 
  1. Aportar documentación: Si consideras que los rendimientos no superan el 75% del SMI, podrías presentar al SEPE la documentación detallada sobre la herencia, incluyendo un desglose de bienes y posibles rentas.
  2. Esperar la resolución del SEPE: Es posible que te soliciten más información para determinar si, una vez realizado el reparto y calculados los rendimientos, puedes seguir cobrando el subsidio.
  3. Solicitar la reanudación del subsidio: Si después del reparto de la herencia tus ingresos mensuales no superan el límite establecido, puedes solicitar la reanudación del subsidio, acreditando nuevamente tu situación económica.
Dado que esta situación puede ser compleja, te recomendaría contactar directamente con el SEPE o con un asesor especializado en prestaciones para que revisen tu caso en detalle.
#3

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

Sin entrar a valorar el caudal hereditario,  el momento de la suspensión es ése;  
en cuando se acepta la herencia.
La suspensión es correcta.

Pasado el mes de suspensión,  podrá optar a solicitar la reanudación del subsidio si vuelve a cumplir el requisito de rentas. 
#4

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

Muchas gracias por contestar con tanta rapidez y con tan detallada información.

Entonces, el rendimiento presunto de los inmuebles es a través del valor catastral, no? 
Porque, en la aceptación de herencia que aporté al Sepe, constan los valores catastrales de cada inmueble, pero a su vez en qué cuantía se ha valorado cada uno. 


#5

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

el rendimiento presunto de los inmuebles es a través del valor catastral, no?
Correcto. 
#6

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

Gracias por tu respuesta.

Pero aunque en el Sepe aporté toda la aceptación de herencia en la que constamos los dos hermanos y desglosada cada parte al 50% de los inmuebles, cuentas y valores catastrales, también aparece en cuánto está valorada cada propiedad, de ahí que tenga la duda de qué valor utiliza el Sepe para el siguiente cómputo posterior del rendimiento presunto.

#7

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

siguiente cómputo posterior del rendimiento presunto.
Se lo indique antes :
Valor catastral.

#8

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

He calculado y sumado en base al valor catastral de los inmuebles, aplicándole el 3,25% a cada uno de ellos y me sale un total de 1688,42€. Cuentas 27000€.

27000 x 3,25%=877,50€

1688,42+877,50=2565,92/12=213,82€ Entiendo que no me pasaría del SMI 888€ , no?

Gracias.
#9

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

Con esos números,  no.
Lo comentado anteriormente, 
en cuanto transcurra el primer mes de suspensión,  solicite la reanudación. 
#10

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

Buenos días.

En relación a lo que estuvimos hablando el otro día, ha ocurrido algo que no me cuadra, y es que hoy día 10 me han ingresado el importe del subsidio.

La aceptación de herencia fue el día 7 de Febrero y a partir de ese día se me suspendía, y yo fui a comunicarlo el día 26 de Febrero. Entiendo que me han pagado porque ya estaba en trámite el pago del siguiente mes? Sin embargo, cuando me meto en la sede de la SS consta que se me corta la cotización también el día 7. Y si compruebo en la página del Sepe el estado de mi prestación, la nómina de Marzo no aparece.

En conclusión, la suspensión implica el cobro de la nómina y la cotización. Si ha sido un error en el trámite administrativo, podría correr el riesgo de estar 2 meses en suspensión?

Este viernes tengo cita e iba a reanudarla, pero con este follón no se qué me van a explicar.


Gracias como siempre por tu paciencia.
#11

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

Si la aceptación fue el 7 de febrero,  el periodo de suspensión debería abarcar desde dicho día y hasta el 6 de Marzo. 

Si ha sido un error en el trámite administrativo, podría correr el riesgo de estar 2 meses en suspensión?
NO.   
La reanudación debe de ir con fecha de alta 7/03/2025.  Si le han pagado de mas en este mes de febrero por error o retraso en el trámite,  que lo regularicen con el siguiente (7 al 30 de marzo)
Así lo harán con total seguridad. 

Saludos.


#12

Re: Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia

Perfectamente entendido. Esperaré a ver qué me dicen el viernes y a ver si puedo salir de dudas.

Como siempre, muchas gracias.