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Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

13 respuestas
Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador
Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador
#1

Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

Hola, el mayo 2024 por una sentencia judicial firme cobré 14mil €. Eran atrasos salariales por un juicio de categoria. Ese importe me lo ingresó el juzgado al cual, previamente, lo había ingresado la empresa. Total que ahora haciendo el borrador de la renta 2024 veo que no salen esos 14mil euros en "Total ingresos íntegros computables". Deberían salir, ¿no? ¿Alguien sabría decirme qué puede haber pasado? Iré a una gestoría pero mientras espero a saber algo estoy de los nervios y con google no me aclaro 
#2

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

Deberían estar; la empresa no lo habrá declarado en su modelo informativo. 
No vayas a gestoría: simplemente suma a los rendimientos del trabajo, esos ingresos y, si los atrasos abarcan más de 2 años, aplica la reducción del 30% por irregularidad. Es sencillo, no gastes dinero en eso. O, si no te atreves sólo, espera a mayo y pide cita telefónica para que lo hagan gratis en la AEAT.
#3

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

Los atrasos abarcan desde el 2018 hasta el 2023. Donde hago figurar ese 30% que comentas? No entiendo como "explicarle" al borrador que esos 14mil son en concepto de pagos atrasados que abarcan desde 2018 hasta 2023
#4

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

En la misma pantalla donde pones los rendimientos (todos juntos: los normales y los de la sentencia, sumados) tienes una casilla para "reducciones".
#5

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

Y entonces alli calculo el 30% de 14mil y lo pongo?
#6

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

Eso es.
#7

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

De acuerdo, gracias 😊 
#8

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

Pero de los 14.000 euros, el 30€ que son 4.200 euros, donde se pone?
y la cantidad restante 9.800 euros, donde se pone?
por favor, explicarmelo detalladamente que yo estoy en el mismo caso
Gracias
#9

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

No, no: tú pones el importe íntegro que has recibido por resolución judicial en la casilla 3, junto al resto de tus rendimientos brutos de trabajo. Y, luego, calculas el 30% de esos atrasos y pones el importe en la casilla 11.
Ojo a que tu caso sea como el del consultante: no todos los importes que derivan de resolución judicial se declaran en el año de firmeza de la sentencia, ni todas las percepciones de atrasos dan derecho a la reducción por irregularidad.
#10

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

Lo mio son atrasos por el complemento de maternidad de los años 2016 al 2023 que me los pagaron todos juntos en el año 2024
#11

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

No es el mismo caso. Para empezar, si te los pagaron en 2024, es que no fue por sentencia, sino por resolución administrativa. 
Eso hay que declararlo en sus años de devengo, haciendo complementaria de cada ejercicio. Y no hay irregularidad.
Como 2016 y 2017 no pueden hacerse a través de internet, tienes que registrar el documento de Seguridad Social en que te indican los importes de cada año, y solicitar que te hagan las complementarias en la Administración.
#12

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

Se consiguió por procedimiento judicial con lo cual creo que se puede declarar todo en el mismo ejercicio y declarar el 30% como rendimientos irregulares. Rectificame si no estoy en lo cierto
#13

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

Artículo 14 de la Ley del IRPF: si hay una RESOLUCIÓN judicial que pueda devenir firme, los atrasos se imputan al año de la firmeza.
Por tanto, si tienes una sentencia, "algo" que pueda adquirir firmeza, sí: se imputan los atrasos a ese año.
Pero eso, con el complemento de maternidad, ocurría en 2022; puede que tu caso sea diferente, y, en ese caso, declara todo en el año de la firmeza de la sentencia, pero, hasta donde yo conozco, en 2024 todos los que la Seguridad Social ha reconocido ha sido por resolución administrativa y, eso, no es algo que pueda devenir firme. Aunque interpusieses demanda, si, finalmente, la Administración se allanó y no llegó a existir sentencia, tienes que declarar cada atraso en el año de devengo.
Nadie mejor que tú para saber cuál es tu caso, puesto que tienes en casa el documento de concesión del derecho de cobro de esas cantidades: mira a ver si las reconoce un juez o un funcionario de Seguridad Social.
#14

Re: Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador

A traves del procedimiento judicial me concedieron el complemento de maternidad a finales de 2023 pero no cobré los atrasos hasta abril de 2024.
Gracias por ayudarme