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Donacion inter vivos gratuita
Buenas tardes...Creo haber leido en este foro, que donacion padre-hijo con perdida patrimonial no hay que declararla en el irpf articulo 33.5.c. Padre dona a hijo trozo olivar heredado en 1992 valor 5000euros. Donacion este año pasado 2024 valor escritura 4300euros.
Leo hoy en internet que cualquier donacion, aunque sea perdida patrimonial debe incluirse en la declaracion (pagina 16). Eso si, Hacienda no admite la compensaccion de perdida de bienes donados, pero hay que declararla. Me pueden confirmar, si se debe declarar?
Muchas gracias
Leo hoy en internet que cualquier donacion, aunque sea perdida patrimonial debe incluirse en la declaracion (pagina 16). Eso si, Hacienda no admite la compensaccion de perdida de bienes donados, pero hay que declararla. Me pueden confirmar, si se debe declarar?
Muchas gracias