Según el sitio web de la Agencia Tributaria:
Los seguros colectivos de vida de aportación definida contratados por la empresa a favor de sus empleados tienen un tratamiento fiscal específico y sí pueden tener implicaciones en la declaración de la Renta, dependiendo de si esas aportaciones tienen la consideración de retribución en especie o si se consideran aportaciones a sistemas de previsión social.
1. ¿Debes incluirlo en la declaración?
Sí, debes incluirlo si el importe que figura en el certificado tiene la consideración de rendimiento del trabajo en especie (lo habitual si la empresa ha hecho la aportación a tu favor). Aunque no haya retención, sigue siendo un ingreso a declarar.
2. ¿Dónde se incluye en la Renta 2024 (campaña 2025)?
En la declaración de IRPF, los rendimientos del trabajo, tanto dinerarios como en especie, se incluyen en el apartado:
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Rendimientos del trabajo > Rendimientos íntegros
En este caso, se incluiría como retribución en especie, en la misma casilla que el resto de ingresos del trabajo. Para 2024, la casilla será similar a la 0001 (Rendimientos íntegros) y 0015 (Retribuciones en especie), según el modelo del ejercicio.
Es importante revisar si tu empresa ya ha comunicado esta retribución en el modelo 190, en cuyo caso aparecerá automáticamente en tus datos fiscales. Si es así, no tendrías que añadir nada manualmente, salvo que haya algún error o no esté reflejado.
3. ¿Podría ser reducción por aportaciones a sistemas de previsión social?
Si el seguro cumple los requisitos de ser un sistema de previsión social empresarial (asimilado a un plan de pensiones), podría tener derecho a una reducción en la base imponible. En ese caso, iría en un apartado distinto (casillas relativas a aportaciones a sistemas de previsión social, como la 0460 y siguientes en el modelo de Renta 2023).
Recomendación: Revisa bien el certificado de la empresa. Si menciona que es un seguro colectivo de vida como previsión social empresarial y que cumple los requisitos de la Disposición Adicional Primera de la Ley del IRPF, entonces podrías aplicar una reducción.
Si tienes dudas concretas sobre si en tu caso es en especie o reducción, te sugiero consultarlo con el departamento de RRHH o con un
asesor fiscal.