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Deducción cónyuge discapacidad

3 respuestas
Deducción cónyuge discapacidad
Deducción cónyuge discapacidad
#1

Deducción cónyuge discapacidad

Hola, mi suegra ingresó en una residencia el 23 de enero. Ya está empadronada en el domicilio de la residencia. Grado 3 dependencia y 50% discapacidad, 88 años.
Mi suegro ahora vive solo, grado 1 dependencia y 65% discapacidad, 91 años.
Puede mi suegro seguir aplicándose la deducción por cónyuge con discapacidad aunque no convivan?
Gracias! 

#2

Re: Deducción cónyuge discapacidad

Hola.
Aún que tú suegra esté empadronada en una residencia si depende económicamente de tu suegro y cumple el limite de rentas, tu suegro si que puede seguir aplicando la deducción por cónyuge con discapacidad a cargo al tener tu suegra más del 33 %, aún que no convivan.
#3

Re: Deducción cónyuge discapacidad

No se exige convivencia para esa deducción.
Los problemas pueden venir por otro lado, creo que debe evitarse empadronar al familiar en la residencia si es posible (sé que cuando se trata de cambio a otra comunidad autónoma, sí se cambia por el tema de la atención médica, pero por ejemplo dentro de Madrid no).
Concretamente, puede que en el IRPF tenga que declarar su parte de la vivienda a su disposición en lugar de como vivienda habitual, y tener que pagar por ello.
Y si fallece, hay ayuntamientos que bonifican bastante la plusvalía municipal siempre que el fallecido estuviese empadronado, y esto puede ser mucho dinero. A mí me pasó con mi madre: falleció en residencia pero estaba empadronada en casa, fue un ahorro de unos cuantos miles de euros.
#4

Re: Deducción cónyuge discapacidad

En mi caso, viven de alquiler. No tienen propiedades.
Sí que la hemos empadronado en la residencia por recomendación de la residencia, y eso que está en el mismo municipio donde reside.
Aún así mi suegra cobra la pensión mínima SOVI, y por lo tanto sigue dependiendo de mi suegro.