Si no tienes mas rentas o ingresos que los obtenidos por las Plusvalias/Minusvalias en las ventas de activos, estaras exento de presentar declaracion , si el conjunto de plusvalias no supera los 1.000 euros-año o si el conjunto minusvalias no supera los 500 euros-año.
Si superas alguno de estos dos limites , deberas presentar declaracion.
En la declaracion debes declarar tanto las plusvalias como las minusvalias , las minusvalias minoraran el valor de las plusvalias y este Neto sera la Base tributaria.
Si el Neto es negativo ( mas minusvalias que plusvalias) , este importe los podras reservar durante los CUATRO ejercicios siguientes , para compensar con las posibles plusvalias netas que tengas en dichos ejercicios.
En la pagina de la AEAT dispones de programas de ayuda (PADRE) que te facilitaran la confeccion de la declaracion.
Saludos