Cuenta vivienda
Hola a todos:
Me gustaría exponer un tema y, me aconsejarais al respecto.
El tema es el siguiente:
En el año 2006 aperturé una cuenta vivienda, en la cual hice aportaciones y, de las cuales me deduje.El vencimiento de la cuenta vivienda era el 16-12-2010. Ahora bien, en dicha fecha no he comprado la vivienda debido, a la actual crisis coyuntural y, entiendo que en la declaración renta ejercicio 2010, haré las devoluciones correspondientes.
Di orden a mi banco de cancelación de la cuenta en fecha de enero 2011 y, me la cancelaron.
Mi duda es que actualmente y, en este mismo año 2011 desearía aperturar otra cuenta vivienda puesto que mi idea de comprar vivienda sigue vigente pero, me encuentro con la duda ¿es posible aperturar una nueva cuenta vivienda y deducirme por ella? No sé, si al haber tenido ya una cuenta vivienda y, habiendo cancelado ésta en enero 2011, a lo mejor la ley no me permite apertura otra cuenta vivienda en el mismo ejercicio o, en ningún otro ejercicio.
Por si sirve de algo mi comunidad autónoma es Castilla y León
Gracias a todos.
Saludos