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Requerimiento de datos oficina liquidación

7 respuestas
Requerimiento de datos oficina liquidación
Requerimiento de datos oficina liquidación
#1

Requerimiento de datos oficina liquidación

muy buenas,

el pasado 29 de noviembre de 2010 compré una casa a medias con mi pareja, donde estamos empadronados y que usamos como primera vivienda. Yo tengo justamente el 50% de la propiedad. Al ser menor de 33 y no llegar a los 30mil euros anuales de base imponible, pedí el ITP rebajado del 5% en el momento de hacer la compra-venta.

ayer recibí una carta de la oficina liquidadora de Pineda de Mar (Barcelona), donde se me insta en el plazo de 10 días hábiles a aportar la siguiente documentación:

-nif del sujeto pasivo

-certificado del ayuntamiento conforme en el padrón municipal ya estoy registrado en la nueva vivienda.

-declaración de la renta del 2009

En la carta solamente dicen que "Hay una discrepancia en los datos", sin entrar en más detalles y que por eso han iniciado el requerimiento.

Por motivos de trabajo me resulta imposible ir a la oficina, ya que solo abren de 9 a 13.30. Ayer llamé y me dijeron que me tengo que presentar yo mismo en la oficina con todos estos documentos y que nadie más lo pueda hacer por mi.

Por otro lado, yo llame rápidamente y me dijeron que como no me puedo identificar por teléfono, no pueden darme ningún tipo de información de porque se me ha abierto este requerimiento, que tengo que ir en persona.

Si tengo que ir tendré que pedir fiesta sólo para tirarme la mañana perdiendo el tiempo con burocracia, así que antes de hacer eso me gustaría preguntaros

-¿Esto es una practica habitual ahora con la crisis y se revisan hasta el último euro a ver si pueden rascar algo? ¿Que pueden estar revisando? ¿Mi edad? La solicitud del ITP reducido esta registrada en la propia escritura de compra-venta y el notario "da fe" de que se cumplen los requisitos. Si no nos fiamos de los notarios estamos listo ya, me podría haber ahorrado el dineral de sus honorarios, ¿no?

-¿De verdad tengo que ir yo si o si? ¿No puedo autorizar a nadie para que me haga el trámite?

-Una vez vaya y entregue esta documentación... ¿Cuanto tiempo (días, semanas) tendré que esperar? ¿O me confirman los datos ahí mismo y ya me dejan tranquilo?

En fin, a ver si me podéis dar un poco más de información sobre este tema.
Muchas gracias.

#2

Re: Requerimiento de datos oficina liquidación

Para un requerimiento debes presentarte tú o tu representante legal:

Artículo 46. Representación voluntaria.

1. Los obligados tributarios con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, que podrá ser un asesor fiscal, con el que se entenderán las sucesivas actuaciones administrativas, salvo que se haga manifestación expresa en contrario.

2. Para interponer recursos o reclamaciones, desistir de ellos, renunciar a derechos, asumir o reconocer obligaciones en nombre del obligado tributario, solicitar devoluciones de ingresos indebidos o reembolsos y en los restantes supuestos en que sea necesaria la firma del obligado tributario en los procedimientos regulados en los títulos III, IV y V de esta Ley, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado ante el órgano administrativo competente.

A estos efectos, serán válidos los documentos normalizados de representación que apruebe la Administración tributaria para determinados procedimientos.

Ley General Tributaria.

Saludos.

#3

Re: Requerimiento de datos oficina liquidación

Yo creo que si te cita un organismo público y estás trabajando ese tiempo que emplees se considera un permiso retribuido. Salvo que seas autónomo que entonces si que no hay nada que rascar ¿ Alguien lo puede confirmar ?

#4

Re: Requerimiento de datos oficina liquidación

Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos.
3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
d.Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, (...)

Estatuto de los Trabajadores.

Saludos.

#5

Re: Requerimiento de datos oficina liquidación

muy buenas a tod@s,

bueno, pues gracias por la información, como mínimo ya se que si tengo que pedir permiso en el trabajo no me tendrían que poner problemas y no tengo que recuperar ese tiempo (bueno saberlo).

A ver mañana que me dicen en el trabajo.

Saludos y gracias.

#6

Re: Requerimiento de datos oficina liquidación

Ya pero aun así no me queda claro porque dice "de caracter público y personal". Lo de personal lo cumple, pero de "carácter público" es lo que dudo y tal cual está escrito ese artículo debe cumplirse ambas cosas.

Por ejemplo si te citan para un juicio o unas elecciones si sería de carácter público y personal.
¿ La citación de hacienda no sería personal únicamente ?

#7

Re: Requerimiento de datos oficina liquidación

Efectivamente puede que haya una laguna y que no quede muy claro. A veces es el convenio colectivo correspondiente el que especifica cuál son los casos en que se consideran los actos de carácter público y personal. Y generalmente, y en el caso que nos ocupa, suelen incluir: "Citaciones de juzgados, tribunales de justicia, comisarías, o cualquier otro organismo oficial".

Saludos.

#8

Re: Requerimiento de datos oficina liquidación

bueno, solo quería comentaros que hoy he ido. La chica que me ha atendido no me ha querido dar ningún tipo de información de qué estaban investigando, me ha dicho que eso era responsabilidad del inspector correspondiente y que ella no tenia acceso a esa información.

Por otro lado, en el trabajo no me pusieron ninguna pega mientras les diera un justificante. Se lo he pedido a la chica y me ha dicho que no tenían "un procedimiento" para estos casos. Al final le he dicho de malas maneras que abriera el Word, pusiera una frase diciendo que había estado ahí y que me pusiera el sello, porque solo hacia que soplar y decirme que no lo podía hacer.

Ha tardado más de 15 minutos en hacerme el papelito, y no me lo ha hecho hasta que le he pedido una hoja de reclamaciones.

Luego, medio cabreada me ha dicho que ya estaba todo procesado y que si no recibía noticias de ellos era que se había cerrado el expediente... y que si no... "ya recibiría la multa".

En fin... ver para creer.

Gracias por la información.

Saludos.