Perdidas patrimoniales en una disolucion de condominio)))
En 2004 compré un piso al 50% con mi pareja por 123000 euros. En 2008 realizamos una disolucion de condominio, quedandose ella con la propiedad del piso y compensandome a mi con un coche y ajuar valorado todo ello en unos 24000 euros, que fue el valor que calculamos tenia la mitad de la vivienda, descontando la parte de hipoteca que faltaba por pagar y poniendo el mismo valor, para la disolución, que cuando lo compramos, aproximadamente.
En 2010 compré una nueva vivienda pero, nunca he declarado nada a hacienda de la disolucion de condominio, ya que estaba esperando a comprar piso. Aun así, los servicios trubutarios de nuestra comunidad autonoma revisaron la operacion y dictaminaron k habia un exceso de adjudicacion a favor de mi ex pareja. Ella tuvo que pagar mas impuestos y yo tambien he tenido que pagar 1500 euros, entre los impuestos de poner el coche a mi nombre y por la parte del ajuar.(Por estos 1500 euros la persona que me atendió me dijo k podia desgravar, pero no tengo ni idea de como hacerlo...)
Ahora me toca hacer la declaracion de irpf y estoy mas perdido que un pulpo en un garaje. No tengo ni idea de que debo hacer. Si no hubiese ganancias ni perdidas patrimoniales, me imagino que lo único que tendría que hacer es declarar la compra de la nueva vivienda y sus gastos y que no podría desgravar por ella hasta que la cantidad pagada superase lo que ya habia pagado por la anterior, despues desgravaria como si fuese la primera, ya que ambas fueron declaradas ante hacienda como vivienda habitual. Pero, si hay perdida patrimonial (supongo que sería perdida en mi caso) ¿como me afecta?, ¿me beneficia en algo?, ¿debería haberlo declarado anteriormente?, en tal caso,¿puedo y debo declararlo ahora?.
En fin que echo mucho de menos aquellos tiempos en que mi declaracion de irpf era tan sencillo como confirmar el borrador con los unicos datos de mi sueldo, ahora mermado, de miserable poco más que mileurista funcionario público.
Disculpandome por el peazo testamento y esperando que algún alma caritativa pueda arrojar algo de luz sobre este asunto, que no deja dormir a este pobre pecador, temeroso de dios, la ley y, sobre todas las cosas, de hacienda