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Requerimiento de Hacienda. Venta inmueble de 2007 !

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Requerimiento de Hacienda. Venta inmueble de 2007 !
Requerimiento de Hacienda. Venta inmueble de 2007 !
#1

Requerimiento de Hacienda. Venta inmueble de 2007 !

Me acaba de llegar un requerimiento de Hacienda para que aporte toda la documentacion sobre una transmisión de un inmueble de mi propiedad realizada ante notario el 31 de Enero de 2007 por importe de 400.000€, con precio de compra 150.000€. El cobro de la venta se hizo de la siguiente manera:
- pago a cuenta 100.000 en Mayo de 2006
- pago a cuenta 100.000 en Julio de 2006
- pago a cuenta 100.000 en Enero 2007
- pago final pendiente de 100.000 el 15 diciembre de 2007 (que resulta impagado). Tras la negociación con el comprador se cambia la condición resolutoria de la compraventa para el caso de impago, por un préstamo con garantia hipotecaria para que el comprador pague lo que falta. La hipoteca se firmó en Enero de 2008.

Yo lo declaré en el IRPF 2007 como una venta a plazos, pero sólo por las cantidades efectivamente cobradas en 2006 y 2007 es decir 300.000€, lo que creo que no es correcto y por eso me llega el requerimiento.

Les agradeceré que los foreros más experimentados puedan decirme cual hubiera sido la forma correcta de declararlo.

Hay alguna posibilidad de que los pagos a cuenta de 2006 se pudieran considerar prescritos por tenerse que haber declarado en el IRPF de 2006?

Muchas gracias

#2

Re: Requerimiento de Hacienda. Venta inmueble de 2007 !

En principio atendiendo a la teoría del título y modo, la transmisión, salvo prueba en contrario, se producidrá con la escritura de fecha 31-1-07, fecha que entiendo que se entrega el bien. Así pues el ejercicio 2007 sería donde se debió declarar la ganancia completa.
Entiendo que no fue correcto declarar la operación como operación a plazos, ya que de acuerdo con el artículo 14.2.d) de la Ley IRPF:
"Se considerarán operaciones a plazo o con precio aplazado aquéllas cuyo precio se perciba, total o parcialmente, mediante pagos sucesivos, siempre que el periodo
transcurrido entre la entrega del bien o la puesta a disposición del bien o derecho y el vencimiento del último plazo sea superior al año."
Dado que entre el 31-1-07 y el 15-12-07 no hay más de un año entiendo que no es correcto declarar como operación a plazos.
Por lo que se refiere a la prescripción de los pagos anticipados de 2006, sólo tendrían efecto si la transmisión se hubiese realizado en ese ejercicio.
En ese caso la ganancia se debería haber declarado en 2006 y si que sería correcto la opción por imputar como una venta a plazos.
Con lo que en este caso estaría prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda, pero no el de que se imputase la parte de ganancia que correspondiera por los pagos pendientes en el ejercicio 2007.

Saludos.