No encuentro el motivo para utilizar un monetario de puente, la verdad. Así como dices se tarda más tiempo en tener el importe suscrito en FONDOnuevo. Y no es que sea más "seguro", aunque no sé que has querido decir con esto último porque no le encuentro sentido alguno.
Aizurzu perfectamente puede ordenar a gestora B (llámalo comercializadora) que solicite a la comercializadora A el traspaso del FONDOviejo al FONDOnuevo que desee.
Da igual que la comercializadora B no disponga del FONDOviejo ya que el traspaso se puede realizar igual. La comercializadora A se limita a entregar a la B el importe en euros y los datos fiscales en vigor. La B se guarda esos datos fiscales y con el importe en euros recibido suscribe el FONDOnuevo. Este caso se me ha dado varias veces y nunca he tenido problema alguno. Eso sí, los titulares de la cuenta de valores de la comercializadora B tienen que ser los mismos que los de la A porque si no coinciden no se puede realizar el traspaso entre los fondos.
Y las plusvalís fiscales, obviamente, se mantienen inalteradas.
Aizurzu, ¿tú has hablado de esto con la comercializadora B?