Retención en ETF retroactiva
Os traslado esto que me pasó ayer para, por un lado, conocer vuestra opinión y, por otro, estar prevenidos por si se generaliza.
El pasado 21 de abril vendí tres ETF con plusvalías y ayer me remite el banco el siguiente email:
"Buenas tardes,
- Debido a la reciente Resolución de Tributos de fecha 27 de octubre de 2016 (V4595-2016), cuyo contenido corrobora el criterio que ya había dado la DGT hace 10 años, mediante la Consulta V0713-06, de 12 de abril de 2006.
(En ambas resoluciones se fijan parámetros para determinar la obligación o no de retener sobre la ganancia que genera la venta de una ETF.)
- Hemos tenido que proceder a realizar AHORA las retenciones correspondientes por ventas de ETFs del año 2016. En su caso afectan a tres ventas.
Adjunto hoja de la información fiscal donde aparecen las plusvalías y retenciones a fin que conozca el motivo del cargo actual y lo tenga en cuenta de cara a Renta 2016"
Estos días aparecen artículos al respecto en los medios (http://cincodias.com/cincodias/2017/01/17/mercados/1484688747_026620.html)y me pregunto hasta que punto esto es válido teniendo en cuenta, en primer lugar, la retroactividad de la medida y, en segundo lugar, no haberme dado opción al traspaso igual que en los fondos normales en el momento de la venta (incluso de forma retroactiva como aplican en la retención).
Por otro lado está la nacionalidad de los ETF, siendo dos de ellos USA.
Los ISIN de los ETF en cuestión son los siguientes:
- FR0007054358
- US9219088443
- US78464A7634
Un saludo