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¿Regla de los dos meses?

12 respuestas
¿Regla de los dos meses?
2 suscriptores
¿Regla de los dos meses?
#1

¿Regla de los dos meses?

Tengo la duda de, si al igual que con las acciones, se aplica la regla de los dos meses para compensar minusvalías en los fondos de inversión.
#2

Re: ¿Regla de los dos meses?

Creo que aplica exactamente igual.
Saludos
#3

Re: ¿Regla de los dos meses?

Es igual para fondos que para acciones 
#4

Re: ¿Regla de los dos meses?

Buenas tardes. ¿me puedes ayudar?
Tengo una duda con la Ley Anti-aplicación y es :
En el banco tengo tres cuentas diferentes para Bolsa
En la 1ª Está a mi nombre y el de mi mujer
2ª Está a mi nombre
3ª A nombre de mi mujer
Las Tres con diferente número de contrato.
Si vendemos con minusvalía en la 1ª cuenta Accs. Santander y en el mismo día compramos también accs. del Santander en la cuenta nº 2 o nº3 ¿me afecta la Antiaplicación? , ¿Puedo hacerlo sin ningún reparo?

#5

Re: ¿Regla de los dos meses?

En eso te contesto yo.
Creo que no se puede.
Si vendes en una cuenta tuya y compras en una compartida, la mitad de las que compres son tuyas y viceversa.
Si tienes varias cuentas en diferentes brokers, tienes que aplicar la norma FIFO.
Gracias a todos los foreros por compartir sus conocimientos aquí.
#6

Re: ¿Regla de los dos meses?

Es una buena pregunta. Porque si lees la norma, se dice que solo aplica la regla de los 2 meses a “valores admitidos a negociación”. Pero la DGT sí los considera valores admitidos a negociación y por tanto les aplica la regla de los 2 meses. Consulta de la DGT V2067-06.
#7

Re: ¿Regla de los dos meses?

Depende de si estáis o no en gananciales.

Si estáis en gananciales (y las acciones son gananciales), entonces da igual con qué cuenta recompres las acciones, que te aplicará la regla de los 2 meses a la totalidad de la pérdida.

Si por el contrario estáis en gananciales pero las acciones son privativas o estáis en separación de bienes, entonces la regla anti-aplicación de los 2 meses solo aplica parcialmente (ya que generas una perdida a medias en la cuenta común, entiendo que Hacienda no puede impedir que tu mujer se aplique su mitad de la pérdida si el que recompras acciones eres tú a través de tu cuenta individual).

Te advierto que es una interpretación mía. No sé seguro si Hacienda tiene la misma interpretación.
#8

Re: ¿Regla de los dos meses?

Si tienes varias cuentas en diferentes brokers, tienes que aplicar la norma FIFO.
Gracias a todos los foreros por compartir sus conocimientos aquí.

El Broker es el mismo. Bº Santander. 
Me hace dudar por: Si yo deseo unir dos cuentas en la cual son se mi mujer una y la otra conjunta no me lo permiten en el Banco.
Entonces pienso que será por algo ¿No? y a la hora de hacer la declaración de renta son independientes, quiero decir, que si hago minusvalías o plusva.  en la Uno en la Dos o  en la tres no puedo aplicarlas ¿entonces si son independientes? serán para todo digo yo y usted ¿qué me dice?
Un cordial saludo
Jo-ky
#9

Re: ¿Regla de los dos meses?

...Si por el contrario estáis en gananciales pero las acciones son privativas o estáis en separación de bienes, entonces la regla anti-aplicación de los 2 meses solo aplica parcialmente (ya que generas una perdida a medias en la cuenta común, entiendo que Hacienda no puede impedir que tu mujer se aplique su mitad de la pérdida si el que recompras acciones eres tú a través de tu cuenta individual)...

Estamos en gananciales.
De no estar seguro no me enredo con Hacienda. 
Dado que soy un "Españolito de a pié"  y por lo tanto no me alcanza para tener las ventajas de ciertos políticos en España que salen de todo indemnes e inmaculados..
Muchas gracias amigo.
#10

Re: ¿Regla de los dos meses?

...Pero la DGT sí los considera valores admitidos a negociación y por tanto les aplica la regla de los 2 meses. Consulta de la DGT V2067-06...

Me suena lo de DGT a Dirección General de Tráfico... ¡¡ja,ja,ja,ja¡¡

Muchas gracias tomo nota.
#11

Re: ¿Regla de los dos meses?

De no estar seguro no me enredo con Hacienda. 
Dado que soy un "Españolito de a pié"  y por lo tanto no me alcanza para tener las ventajas de ciertos políticos en España que salen de todo indemnes e inmaculados..
Muchas gracias.

 

 

 



#12

Re: ¿Regla de los dos meses?

Se aplica igual que en las acciones, pero se puede "esquivar" muy fácilmente.
Traspasas el fondo que quieras reembolsar a un monetario (que no uses nunca), y lo reembolsas desde él.
La norma de los 2 meses se aplica sobre el monetario, así que ya puedes volver a comprar tranquilamente el fondo que te interesa.

#13

Re: ¿Regla de los dos meses?

Gracias, me sonaba algo así, pero no recordaba como era