El FOGAIN ha anunciado esta mañana que ya ha iniciado el proceso de pago de la indemnización de hasta 100.000 euros por inversor de Esfera Capital. Os adjunto la nota de prensa:
FOGAIN INICIA EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES A LOS CLIENTES DE ESFERA CAPITAL
- La garantía cubre hasta un importe máximo de 100.000 euros por inversor
- FOGAIN habilita un procedimiento telemático para facilitar la solicitud de las indemnizaciones
Madrid, 27 de mayo de 2020. El Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN) ha iniciado el proceso de pago de la indemnización, de hasta por 100.000 euros por inversor, en concepto de cobertura por los valores y efectivo confiados a la agencia de valores Esfera Capital. FOGAIN ha ejecutado ya, en un plazo inferior a un mes, los primeros pagos a los clientes de la entidad, tras realizar las correspondientes comprobaciones.
El inicio de esta cobertura se produce después de que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) declarara, el pasado día 29 de abril de 2020, la imposibilidad de cumplimiento de las obligaciones contraídas con los inversores por parte de Esfera Capital. Esta declaración activa la cobertura de FOGAIN. La agencia de valores Esfera Capital se encontraba intervenida por la CNMV desde el pasado 20 de marzo.
FOGAIN es el Fondo de Garantía de Inversiones, cuya finalidad es ofrecer a los clientes de sus entidades adheridas la cobertura de una indemnización en caso de que alguna de estas entidades entre en una situación de concurso o declaración de insolvencia por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
FOGAIN garantiza a los clientes de una entidad adherida una cobertura máxima de 100.000 euros por inversor. El importe de la cobertura máxima es el más elevado de los que se aplican en la Unión Europea por cliente, en situaciones similares.
Por todo ello, resulta fundamental que los clientes de las entidades y agencias de valores comprueben que éstas disponen de la cobertura de FOGAIN, ya que, en caso contrario, carecen de acceso a las indemnizaciones. (El listado de entidades cubiertas por el FOGAIN está disponible en la Página Web:
www.fogain.com)
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL PAGO
Hasta el momento, FOGAIN ha recibido diversas solicitudes de clientes de Esfera Capital. No obstante, y en el excepcional contexto derivado de la declaración de estado de alarma, consecuencia del coronavirus, con el fin de facilitar y agilizar el trámite de solicitudes, FOGAIN ha habilitado un sistema telemático. En su página web (
www.fogain.com) los clientes de Esfera Capital encontrarán información detallada sobre el procedimiento para reclamar la indemnización, mediante la descarga de un formulario específico para este caso.
La garantía del FOGAIN da cobertura a todos los inversores de Esfera Capital, a excepción de los supuestos expresamente excluidos por la normativa, como los clientes que sean entidades financieras o las personas vinculadas a Esfera Capital.
Sobre FOGAIN
Constituido en 2001, FOGAIN se nutre de las aportaciones de sus Entidades Adheridas (en la actualidad son 180) con el fin de atender las indemnizaciones que deba abonar dentro del ámbito de su cobertura.
FOGAIN cubre la falta de disponibilidad o restitución de valores o efectivo confiados a una de sus entidades adheridas en custodia o gestión y no cubre el riesgo de inversión, ni el riesgo de crédito.
FOGAIN, regulado por el Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, y por el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, cubre a todas las Sociedades de Valores, Agencias de Valores y Sociedades Gestoras de Carteras, así como a aquellas SGIIC y SGIEC que realicen gestión individualizada de carteras, y por esta actividad